¿Conoces las ayudas de la iniciativa ‘Activa Ciberseguridad’ para pymes?

Ciberseguridad pymes
Redacción

La digitalización de la sociedad y de la industria está generando nuevas oportunidades para el sector industrial que, no obstante, deberá adaptar sus procesos, productos y modelos de negocio. En ese sentido, el Ministerio de Industria y Turismo en el desarrollo de su Estrategia Nacional de Industria Conectada 4.0 tiene entre sus objetivos el impulso de la transformación digital de la industria española.

Para la consecución de esos objetivos destaca la iniciativa Activa Ciberseguridad’ para pymes, que tiene como objetivo otorgar ayudas en especie dirigidas a mejorar los niveles de ciberseguridad de las pequeñas y medianas empresas. El programa está enmarcado dentro del Programa de Capacidades para el Crecimiento de la PYME del componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiado por los fondos NextGenerationUE.

Además, la convocatoria está gestionada a través de la Escuela de Organización Industrial (EOI) y cuenta con la colaboración del Instituto Nacional de Ciberseguridad.

¿En qué consiste?

‘Activa Ciberseguridad’ ofrece el análisis de la situación actual de la empresa en materia de ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad actual y la elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma. Asimismo, cuenta con un diseño personalizado de acciones en materia de ciberseguridad para ser desarrollado e implantado por la empresa beneficiaria.

Como regla general, el plazo de duración del servicio de asesoramiento será de un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco meses a contar desde la publicación de la resolución de concesión, salvo justificación aceptada por la EOI, para cada empresa beneficiaria con un mínimo de 20 horas de asesoramiento y contemplándose las siguientes etapas:

  • Diagnóstico y auditoría de ciberseguridad de la empresa.
  • Elaboración de un Plan de Ciberseguridad.
  • Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.

Por otro lado, para obtener la condición de beneficiarias las empresas deben tener la condición de pyme, tener personalidad jurídica propia en España y estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente (según Orden de Bases ICT/819/2022).

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