ASEFOSP analiza la orden ministerial sobre formación de los vigilantes durante el estado de alarma

Formación vigilantes de seguridad
Redacción

Tras la aprobación de la Orden Ministerial 369/2020, según la cual todos los cursos de actualización y especialización para vigilantes de seguridad serán a distancia durante todo 2020, ASEFOSP ha emitido un comunicado para aclarar varios aspectos. La asociación de centros de formación establece siete puntos en los cuales traslada varios requisitos legales “a efecto aclaratorio”.

En primer lugar, ASEFOSP apunta que la orden ministerial aprobada el 24 de abril sobre los cursos de formación permanente de los vigilantes “resulta aplicable únicamente” a los cursos de actualización que figuran en el artículo siete de la Orden Ministerial 318/2011 sobre personal de Seguridad Privada”.

Por otro lado, la organización indica que la formación no presencial “no viene definida ni desarrollada en cuanto a los requisitos o medios empleados para su ejecución o impartición por la normativa de Seguridad Privada vigente”.

Respecto a la formación a distancia, la asociación entiende que aspectos como la oferta, forma, contenido de las materias, formato o condiciones de impartición quedan “a la decisión o potestad organizativa exclusiva de dichos centros de formación”.

ASEFOSP añade que la posibilidad de formación a distancia es “en exclusiva” competencia del centro de formación, y “no resulta aplicable a la impartición de los cursos de formación específica del artículo 8 de la Orden INT 318/2011”.

La entidad recuerda que los vigilantes están obligados a recibir formación permanente y las empresas a proporcionársela, al menos una vez al año.  En caso de no producirse, las compañías de seguridad se expondrían a una multa por infracción grave, tal como recoge el artículo 57.2.h) de la Ley de Seguridad Privada.

ASEFOSP también menciona que todos los cursos de formación permanente “deben ser objeto de ‘sellado’ por los centros de formación” en las cartillas profesionales de los vigilantes de seguridad. Asimismo, estos centros han de expedir un diploma o certificado oficial acreditativo sobre la formación permanente impartida a cada alumno.

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