Las nuevas tecnologías han ampliado las posibilidades de los sistemas de detección y alarma de incendios a través de conexiones remotas. Actualmente, los servicios repercuten sobre las mejoras de la seguridad de las personas y los bienes; el incremento de la fiabilidad de los sistemas; la rapidez y efectividad del mantenimiento; la reducción de costes de operación; la optimización de la calidad del servicio, y el aumento de la eficiencia energética.
Sin embargo, estas nuevas prestaciones no han sido reflejadas claramente en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) de 2017. Por dicho motivo, el Comité de Fabricantes de Equipos de Detección de Tecnifuego ha elaborado un documento en el que se realiza un análisis pormenorizado de las diferentes posibilidades de servicio de los sistemas de detección y alarma de incendios.
Principales conclusiones
El escrito de la asociación se basa en la gestión local y la conexión remota. Y en el caso de esta última, se centra en la telegestión, el centro receptor de alarmas de incendio (CRI) y la integración remota. Entre sus conclusiones, el documento recuerda que el estado del arte de las tecnologías permite nuevas formas de gestión de los sistemas de detección y alarma de incendios que pueden generar dudas en su aplicación.
Por ello, según Tecnifuego, se ha de tener en cuenta que los equipos de transmisión de los sistemas de detección y alarma de incendios deben cumplir con la norma EN 54-21 cuando los CRI aceptan la responsabilidad de vigilar un sistema de detección y alarma de incendios y responder de los eventos de alarma ante los servicios de emergencias y/o bomberos.
Y no es necesario que cumplan los requisitos de la citada norma en los casos en que se integre la información del sistema de detección y alarma de incendios con otros sistemas y se utilicen como medio de información para finalidades de mantenimiento e inspección.
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