Seguritecnia 336
P.B.C. Cash 104 SEGURITECNIA Diciembre 2007 a)Representante ante el Servicio Ejecutivo, del que debe hacerse constar expresamente su nombre, número de identificación fiscal, cargo, fecha de nombramiento y funciones, además de analizar si cumple con los requi- sitos exigibles que establece el artículo 12.3 del Regla- mento de la Ley 19/1993 y el régimen previsto de su- plencia. b)Órganos de Control interno y comunicación de los que se indicará expresamente su composición, ubica- ción jerárquica, dependencia funcional, cargos de sus miembros, número de identificación fiscal de cada uno de ellos, funciones, constitución, periodicidad de las reuniones, elaboración y conservación de actas. c)De existir persona o unidad operativa dedicada a la prevención del blanqueo de capitales, normalmente constituida en muchos de los sujetos obligados, se hará referencia expresa al número de identificación fiscal, funciones, dependencia funcional, procedimientos, grado de dedicación a dichas tareas, así como la com- posición si se trata de una unidad. d)Del órgano de administración del sujeto obligado, el experto externo debe indicar el número de identifica- ción fiscal, así como las funciones, atribuciones y com- petencias en materia de prevención del blanqueo de ca- pitales. La exigencia de este análisis conlleva la necesaria im- plicación del órgano de administración para prevenir que la entidad sea utilizada en prácticas de blanqueo de capitales. En relación con el proyecto inicial cabe señalar que la Orden Ministerial ha incorporado la necesidad de hacer constar los números de identificación fiscal de todas aque- llas personas relacionadas con la prevención del blanqueo de capitales en la entidad objeto de revisión externa. Por lo que respecta al Representante, los sujetos obli- gados han de comunicar al Servicio Ejecutivo una pro- puesta de nombramiento que contendrá la siguiente do- cumentación: 1. Propuesta de nombramiento de Representante (For- mulario F 22) firmado por quien acredite los extremos señalados en el punto siguiente o, en su caso, por el ti- tular de la actividad. 2.Documentación que acredite que el Representante ha sido nombrado por el órgano de dirección del sujeto obligado (certificación del acuerdo del consejo de ad- ministración o de órgano equivalente). 3. Documentación que acredite suficientemente la firma de la persona nombrada como Representante (por ejemplo, copia del DNI). 4.Documento que refleje los conocimientos, la experien- cia y el comportamiento profesional del Representante, acreditando su calificación como persona idónea para el ejercicio del cargo y sus funciones (por ejemplo, cu- rriculum vitae ). En aquellos casos en que los sujetos obligados sean es- tablecimientos o empresas individuales cuyo número de empleados no sea superior a 25 y el Representante sea el titular de la actividad, deberá remitirse únicamente la documentación señalada en los puntos 1 y 3. Además del Representante principal, será posible nom- brar un máximo de dos suplentes y la comunicación del cese de un Representante habrá de ir acompañada de una nueva propuesta de nombramiento. De acuerdo con el Art. 11 del Reglamento, los sujetos obligados también deberán remitir al Servicio Ejecutivo información completa sobre la estructura y funciona- miento del órgano de control interno y de comunicación y de los procedimientos establecidos para la prevención del blanqueo de capitales, así como sobre sus posteriores modificaciones. Toda la documentación habrá de ser remitida en so- porte papel a la dirección: Banco de España SEPBLAC C/ Alcalá, 45 28014 Madrid Si en el plazo de quince días desde la comunicación al Servicio Ejecutivo éste no se hubiera pronunciado sobre la propuesta de nombramiento, la misma se entenderá aceptada. De conformidad con el Art. 11.2 del Reglamento de la Ley 19/1993, en los casos en que los sujetos obligados sean establecimientos o empresarios individuales cuyo número de empleados no sea superior a 25, el titular de la actividad desempeñará las funciones de órgano de control interno y de comunicación.
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