Seguritecnia 338
Entrevista 26 SEGURITECNIA Febrero 2008 - Para cumplir el artículo 163 del Estatut, el Gobierno Central y la Generalitat de Catalunya han acordado el traspaso de competencias ejecutivas sobre las empresas de seguridad privada. ¿Nos quiere comentar este tema? Si bien el artículo 163 del Estatut d’Autonomia de Cata- lunya marca la línea general de actuación, era necesario la firma de un acuerdo con el Gobierno Central que concre- tara los detalles en los cuales debe sustentarse la aplica- ción de dicho artículo. Mediante la firma del Convenio entre el Ministerio del Interior y el Departament d’Interior, Relacions Institucio- nals i Participació en materia de Seguridad Privada que tuvo lugar el pasado 27 de diciembre en Barcelona, en el marco de la Junta de Seguridad se estableció, entre otros temas, el intercambio efectivo de la información de segu- ridad privada que gestionaban las dos Administraciones. Igualmente, a partir de la fecha de la firma del Conve- nio, la inspección, el control y la sanción de las actividades de seguridad privada que se realicen en Cataluña corres- ponden a la Policía de la Generalitat –Mossos d’Esquadra. Hasta ahora, el reparto competencial de las dos Admi- nistraciones, tal y como establece la disposición adicional cuarta de la Ley 23/1992, de Seguridad Privada, lo mar- caba el hecho de que la empresa de seguridad fuese de ám- bito autonómico o estatal. Tras la firma del Convenio rige la territorialidad de las actividades, por la cual el cuerpo policial encargado de la Seguridad Ciudadana en Cataluña debe ser el que asuma el control de la seguridad privada. -Pero es que el Estatut está pendiente de aprobación... El Estatut d’Autonomia de Catalunya es una ley orgánica aprobada por el Parlamento. Tan sólo estaba pendiente de la firma del Convenio entre la Administración central y la autonómica para hacer efectivo su cumplimiento en mate- ria de seguridad privada. En la Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía y en sus unidades provin- ciales se siguen los criterios que emanan de la Ley de Seguridad privada y del Reglamento que la desarrolla. ¿ Cuál va a ser la política catalana en estos aspectos? Todos los cuerpos policiales competentes en materia de seguridad privada deben acogerse a los criterios que emanan de la normativa estatal. No se ha traspasado ningún tipo de competencia legislativa, tan sólo la eje- cutiva. - ¿ Y sus prioridades en materia de seguridad privada? El Estatut d’Autonomia de Catalunya establece que co- rresponde a la Generalitat la coordinación de los servi- cios de seguridad e investigación privados con la policía de la Generalitat y las policías locales de Cataluña. Debemos establecer puentes entre la seguridad privada y la pública, todos debemos colaborar para la consecución del objetivo común: garantizar la seguridad de los ciudadanos. Debe- mos mejorar esta coordinación entre los profesionales de la seguridad para beneficio de todos “Para llevar a cabo las nuevas funciones, puede resultar necesario modificar el Decreto 272/1995 de ámbito autonómico, de regulación del ejercicio de competencias en materia de seguridad privada” Director general de la Policía de la Generalitat de Catalunya Rafael Olmos i Salaver Después de la firma, el pasado 27 de diciembre en Barcelona, del Convenio entre el Ministerio del Interior y el Departament d’Interior de la Generalitat de Catalunya, que posibilita el traspaso de las competencias de inspección, control y sanción de las actividades de seguridad privada que se realicen en Cataluña, nuestro interés por escuchar al Director General de la Policía catalana se acrecentó, y así se lo hicimos saber. Y Rafael Olmos no sólo no puso impedimentos sino todo lo contrario, lo que le agradecemos. Nuestro entrevistado es Licenciado en Filología Hispánica por la Universidad Central de Barcelona (1979). Ha realizado cursos de adaptación pedagógica en la materia en dicha Universidad y de Nivel C de calatán para licenciados por la Junta Permanent de Catalá, y es diplomado de Postgrado en Planificación y Gestión de la Movilidad por la Universidad Politécnica de Cataluña y la Universidad Pompeu Fabra.
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