Seguritecnia 350

OPINIÓN 32 SEGURITECNIA SUPLEMENTO Marzo 2009 Pues sí, ya está hecho. En La Rioja el Go- bierno regional, además de la figura del vigilante de coto privado de caza, ya ha legislado y reglamentado la figura del vi- gilante de coto privado de pesca fluvial de esta comunidad autónoma, dos figuras de vigilancia que andan por ahí identifican- do y registrando pertenencias, pagadas por particulares. Claro que, según parece, esto no es intrusismo, no me pregunten el motivo, pues cuando a mí me lo explicaron estuvieron hablando tanto rato que no me dio tiempo a entenderlo bien. Pero seguro que algo de razón tendrán, aunque a mí, como a mis compañeros, no nos suene nada bien. El caso es que en el momento en el que se publique el Certificado de Profesionalidad, -por el que tanto hemos luchado, primero, al lado del Instituto Nacional de las Cualifi- caciones (INCUAL) y, ahora, con la Subdi- rección General de Empleo- que regule el Guarderío Rural y Marítimo, es de suponer que todas las figuras de guardas y vigilan- tes de recursos naturales tengan que po- seer ese título, o mejor, ese Certificado de Profesionalidad, con lo que, pacíficamente, sin perdedores, llegaremos a la unificación de los guardas por su formación, con lo que el Guarderío, a través de su Consejo Nacional, habrá al- canzado una de sus metas principales. Pero poco dura la alegría en la casa del po- bre y resulta que no sólo son estas figuras las que quitan el trabajo a los guardas. Intrusismo vs. titulados Publica la revista “Trofeo” las fotos, que apa- recen en este artículo, de unos individuos que, sin ningún tipo de habilitación y con la “chaquetilla roja” que les da su empresa -la “Fundación Oso Pardo”- ya no sólo rea- lizan funciones de vigilancia sino que reco- gen, manipulan y modifican artes, medios y pruebas de la comisión de un delito sin que a nadie parezca sorprenderle. A esto hay que sumar que este tipo de entidad ecologista se mantiene en buena parte con el dinero que recibe de las Administracio- nes para realizar este servicio, lo que según dice la Ley de Seguridad Privada debería corresponder a las empresas de seguridad. Hace dos meses, según publicaba el BOP de Tarragona, se abrió expediente sancio- nador a la entidad ecologista L´Escurço: en total 30.000 € por realizar actividades de empresa de seguridad sin serlo. Sorprende que en el ates- tado del SEPRONA de la Guardia Civil (a quien hay que felicitar por un trabajo bien hecho) se manifieste que de la patrulla formada por tres guardas sólo uno tenía la TIP de guarda. Las otras uniformadas eran una paisana y una funcionaria de la Admi- nistración catalana, sin título también, que hacía unas “horillas” como complemento económico al sueldo de funcionario y, por lo que se ve, estas irregularidades están quedando impunes: los titulados al paro, y los que no tienen título y cobran menos, a trabajar. Que me expliquen otra vez lo del cumplimiento de la Ley, por favor. Y el caso es que el guarda particular de campo debe ser una persona perfecta- mente preparada y comprometida con la seguridad en el medio rural y que, además, tenga inmaculadas todas las atribuciones de Agente de la Autoridad o como Policía Judicial Genérico (según el art. 283. L.E.Cr.), porque en el medio rural es necesario, y cuando la seguridad se necesita realmente se consigue, por mucho que el delegado del Gobierno en Castilla la Mancha, el señor Díaz-Cano, pida a los agricultores que no salgan armados por la noche a proteger sus explotaciones. Espero que una vez conse- guida la anarquía en el campo (peor ya que el Lejano Oeste), alguien de este Gobierno y esas Administraciones responsables em- piecen a ser consecuentes y den al medio rural la figura de protección que precisa, que seguro que a los que llevamos en ese afán media vida no nos vendrá mal. ¿Habilitación de guarda? Raúl Beltrán Presidente del Consejo Nacional del Guarderío

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