Seguritecnia 353

22 SEGURITECNIA Especial Mayo 2009 Entrevista En cuanto a los cambios que deberían hacerse en la nor- mativa de forma más inminente, a mi entender, urge arbi- trar los mecanismos que permitan que el sector disponga de un mayor número de trabajadores con la correspon- diente habilitación como vigilantes. También creo que es necesario que se regule la utiliza- ción de las videocámaras por parte de las empresas de se- guridad privada, porque esta falta de regulación supone, injustificadamente, un agravio comparativo con relación a las videocámaras que controlan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. También porque, al carecer de normativa espe- cífica, se ha producido la paradoja de que el Ministerio del Interior y, en Cataluña, el Departamento de Interior contro- lan todas las actividades que realizan las empresas de segu- ridad privada excepto lo relativo a la instalación y uso de las cámaras de seguridad que, curiosamente, son controladas por las Agencias de Protección de Datos. La normativa que regulase esta materia, a mi entender, debería atribuir el control de las videocámaras utilizadas por las empresas de seguridad privada a los mismos orga- nismos que tienen la competencia para controlar el resto de actividades de seguridad privada, ya que ésta debe co- ordinarse con la Seguridad Pública. Por lo tanto, la videovi- gilancia también debe integrarse, coordinadamente, dentro del sistema general de seguridad, sobre todo si se quiere profundizar en su aspecto preventivo o como medio para evitar la comisión de hechos delictivos. Otro de los aspectos que, creo, conviene revisar y regular de manera urgente es el relativo a la prestación de servicios de seguridad privada en urbanizaciones y polígonos industriales, dado que son ámbitos que reclaman cada vez más seguridad. - ¿Cuenta Cataluña con alguna norma que rija sólo en esta Comunidad con relación a la Seguridad Privada? Como normativa de carácter sustantivo o material, no. Por ahora, sólo disponemos de un Decreto autonómico, de ca- rácter ejecutivo, que se limita a determinar qué órganos del Departamento de Interior ejercen cada una de las funcio- - ¿Cuáles son las principales deficiencias de las empre- sas de seguridad privada que no reúnen todas las exi- gencias legales? Cada sector de actividad tiene su propia problemática pero, con carácter general, se podría decir que las princi- pales deficiencias detectadas son casos de empresas que carecen de la autorización necesaria para realizar determi- nadas actividades, el empleo como vigilantes de personas que no tienen la correspondiente habilitación o bien com- pañías que prestan sus servicios en lugares no permitidos por la normativa, principalmente, la vía pública. - Supongo que hay una coordinación con la Adminis- tración del Estado para asuntos sancionadores y nor- mativos. ¿Cómo se desarrolla esa coordinación y cuá- les son los aspectos más destacados? Sí que hay coordinación con el Ministerio del Interior. Con- cretamente, el día 3 de junio de 2008 se firmó un Protocolo entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Interior que tenía como objeto establecer los pilares y mecanismos esenciales para conseguir esa coordinación, que es, desde luego, totalmente necesaria. En este sentido, el principal mecanismo de coordinación que se fijó en ese Protocolo fue el intercambio de informa- ción permanente entre ambas Administraciones mediante la recíproca conexión a las bases de datos que cada una de ellas tiene para el ejercicio de sus funciones en materia de Seguridad Privada. - Desde su punto de vista de experta en normativa so- bre Seguridad Privada ¿cree que las empresas catala- nas de este sector se preocupan por cumplir todos los aspectos que recoge la ley? Sí, por supuesto. Creo que, con carácter general, esa es una preocupación común, tanto para las empresas de ám- bito autonómico como de ámbito estatal o suprautonó- mico. Considero que el empresario de la Seguridad Privada quiere actuar conforme a la normativa; otra cosa es que ese objetivo se vea o no cumplido en todos los supuestos. - El sector viene demandando un cambio en la norma- tiva de Seguridad Privada. ¿Cree que es un buen mo- mento para llevar a cabo esa modificación? ¿Qué cam- bios cree que serían prioritarios? A mi entender sí es un buen momento para hacer las oportu- nas adaptaciones en la normativa de Seguridad Privada, dado que ya han transcurrido quince años desde que se aprobaron la ley y el reglamento que están actualmente en vigor. Además, nos encontramos ante un sector que ha experimentado gran- des cambios en los últimos años, tanto si tenemos en cuenta los avances producidos en el aspecto tecnológico como, sobre todo, si analizamos el incremento y los cambios producidos en las demandas de seguridad de la sociedad actual.

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