Seguritecnia 370

34 SEGURITECNIA Diciembre 2010 I Jornadas de Seguridad Aeroportuaria PANEL ESTRATÉGICO marco europeo: estrategia común y rela- ciones con terceros estados”. Sin duda, los atentados del 11 de sep- tiembre han sido un antecedente al de- sarrollo de la reglamentación europea en materia de seguridad aeroportuaria. Los trabajos de la Conferencia Europea de Aviación Civil (CEAC) y la necesidad de armonización comunitaria han lle- vado a que se avance sobremanera en este ámbito. En este sentido, Calleja des- tacó la relevancia que posee el Regla- mento 2320/2002 -creado a partir de los fatídicos atentados-, que “armoniza to- dos los aspectos operativos de la segu- ridad aeroportuaria”; al igual que el Re- glamento 300/2008, con el que se “con- sigue mayor simplificación, importancia de la formación, reglas más precisas en los procedimientos y abarcar a toda la cadena de distribución y transporte”. Los reglamentos están fundamenta- dos en “el principio de control único de Seguridad -el ‘ One Stop Security ’ (OSS)-, que es el pilar, y una exigencia derivada del mercado único”, manifestó el direc- tivo, quien anuncia que “este concepto facilita el tráfico de pasajeros y mercan- cías y, sobre todo, refuerza la Seguridad”. Según confirmó el representante de la CE, actualmente hay más de 133 aero- puertos inspeccionados por autoridades competentes. Y es que nos encontramos ante nuevos desafíos como los que enu- meró Daniel Calleja: los explosivos líqui- dos, los escáneres de seguridad o el re- fuerzo de la seguridad en la carga aérea. Entre ellos, hizo especial hincapié en el reto para los fabricantes respecto a la de- tección de explosivos en líquidos. Para abril de 2011 está previsto que se levante la restricción de líquidos para el entorno de las tiendas duty free y en abril de 2013 se acabará con esta limitación de ma- nera generalizada. Esto es debido a que, en este periodo, se implantarán nuevos equipos para su detección, lo único que queda es que la CEAC publique los equi- pos de la industria certificados para tal fin, según comentó este experto. Retomando el concepto de OSS, vi- gente en la Unión Europea (UE), Calleja opinó que “el control único de Seguri- dad es el que permite no tener que vol- ver a controlar a los pasajeros, equipaje y carga por los puntos críticos; es el que ofrece seguridad en el mercado interior y el que evita debilidades”. La dimensión internacional que toma todo este asunto apunta hacia los acuer- dos de cielos abiertos con Estados Uni- dos: “Las negociaciones están muy avan- zadas y se prevé que para el 1 de abril de 2011 podamos facilitar el tránsito en la UE a los pasajeros procedentes de EEUU”. Asimismo, el portavoz de la Comisión aseguró que también se está trabajando con países de la OACI, como con Islandia, Noruega o Suiza, entre otros, y que por medio de la Resolución de la 37ª Asam- blea General de dicha organización, “se fomentará la transparencia (con audito- rías de seguridad), se incrementará la ca- pacidad de supervisión y la asistencia técnica a países terceros”. La autoridad competente Para conseguir la máxima Seguridad po- sible y el control único es imprescindi- ble que cada país de la Unión Europea cuente con autoridades competentes en la materia. “Aunque se habla de Autoridad Competente (AC) en Security desde 1974 (anexo 17 de la OACI), y el Reglamento de 2002 vuelve a hacer hincapié en esto, no es hasta el Reglamento Comunitario (CE) 300/2008 cuando se establece, de ma- nera obligatoria, la designación de una AC para la coordinación y supervisión de medidas comunes para la seguridad de la aviación civil”, tal y como explicó la direc- tora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), Isabel Maestre , que habló sobre “La Autoridad Competente AVSEC: objetivos y responsabilidades”. Según esta profesional, en nuestro país es el Real Decreto 550/2006 el que establece su designación en el titular de la Secretaría de Estado de Transporte del Ministerio de Fomento, y le asigna funciones específicas entre las que se encuentran el desarrollo del Programa Nacional de Seguridad (PNS), así como la promoción y ejecución de los Pro- gramas de Control de Calidad y de For- mación (PNF). “En otros países depende igualmente del Ministerio de Transpor- tes, como en Reino Unido, Francia y Bél- gica; del de Interior, como Alemania, Ho- landa o Polonia; o del de Justicia, como en otros estados”, describió. Según la portavoz de esta institución, “el RD 550/2006 establece 13 mandatos concretos para la AC y está asistida por el Comité Nacional de Seguridad, los Comi- tés Locales de Seguridad Aeroportuaria”. Por otra parte, “la AESA, organismo creado mediante el Real Decreto 184/2008, para la ordenación, supervi- sión e inspección del transporte aéreo, navegación aérea y aeropuertos, que depende de la Secretaría de Estado de Transporte del Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Avia- ción Civil, es el apoyo instrumental de la AC”, comentó Isabel Maestre. Las áreas en las que trabaja el equipo de la Agencia están relacionadas con normativa, auditorías e inspecciones de seguridad, acreditaciones de los agentes de carga, participación en foros, aporta- ción de visión estratégica, coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE), etc. “En materia de regulación, actuamos de visagra entre la normativa europea e internacional y el día a día de operadores, aeropuertos, FCSE..., unido a la realidad de las amenazas y a las nuevas tecnolo- gías que nos están ayudando mucho a que los aeropuertos no sean tan incómo- dos para lo usuarios”, dijo la directiva. Daniel Calleja Director del Transporte Aéreo de la Comisión Europea (CE)

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