Seguritecnia 370
40 SEGURITECNIA Diciembre 2010 I Jornadas de Seguridad Aeroportuaria PANEL NORMATIVO una vez que se hayan sometido a la ins- pección”, manifestó al respecto. A la hora de seleccionar los medios pertinentes para la inspección, “es nece- saria una evaluación apropiada de la na- turaleza del envío”, indicó Guillén. La ra- zón viene dada por la diversidad y den- sidad de los envíos. La elección de los métodos apropiados conlleva una re- ducción de las falsas alarmas y mayores facilidades para el operador, añadió. Por otro lado, dejó claro que, a pesar de contar con múltiples sistemas de ins- pección, la evaluación de todo el mate- rial que llega al aeropuerto no deja de ser una quimera. “La inspección cien por cien en el aeropuerto es un con- cepto irreal”, manifestó en este sentido. Para solventar ese problema, la nor- mativa ha establecido figuras “de con- fianza”, que son empresas en las que se delegan responsabilidades en toda la cadena de suministro para garantizar la Seguridad de los cargamentos. En base a esa atribución, ciertas mercancías es- tán exentas de inspección en las pro- pias instalaciones aeroportuarias. Una vez conocidas las dificultades que presenta la inspección de la carga, el inspector de la División de Seguri- dad y Facilitación de la Aviación Civil de AESA, definió las entidades de con- fianza para la cadena de suministro que se han creado a través del Reglamento 185/2010. Por un lado, están los expe- didores conocidos y los expedidores clientes, “que son capaces de originar la carga segura fuera del aeropuerto”, ex- plicó. Por otro, se ha creado la figura del agente acreditado -que puede ser una empresa de handling o la propia com- pañía aérea-, que “garantizan que las mercancías llegan en óptimas condicio- nes de seguridad a los centros aeropor- tuarios”. Con estos agentes, se pretende garan- tizar que “la carga que se organiza fuera del aeropuerto lo hace con unas exigen- cias mínimas de Seguridad” para que no sea necesario realizar inspecciones pos- teriores. Las empresas que adquieran esa categoría han de inscribirse en un regis- tro y están sujetas a controles y requisi- tos para demostrar la implantación de las medidas de seguridad en sus proce- sos. Una de las exigencias es la forma- ción, que adquiere una importancia cru- cial para mantener esa condición de con- fianza a lo largo del tiempo. Suministros a bordo A continuación, la inspectora AVSEC Ca- rolina Goy , ingeniera de sistemas de Is- defe (Ingeniería de Sistemas para la De- fensa de España), se refirió en su expo- sición “Seguridad y las provisiones de la aeronave: catering , venta a bordo y ser- vicios de limpieza” a la normativa relativa a estas actividades. Se trata de servicios que también tienen que estar sujetos a controles antes de entrar en las aerona- ves. Según explicó esta profesional, la necesidad de seguridad en estos colecti- vos tiene su origen en la propia actividad que desempeñan: “un suministro que se transporta a zonas restringidas de los ae- ropuertos y que acaba entrando en los aviones”. A esto, añadió que, normalmente, los abastecimientos se llevan a cabo en pre- sencia de personal de la compañía, “pero en otras ocasiones la entrega la realiza directamente el proveedor sin que nadie controle el acceso a la aeronave”. El concepto de supervisión de los su- ministros está basado en “medidas de Seguridad por capas”, continuó. Se trata de ‘barreras’ que evitan la comisión de un acto delictivo en los aviones; sin em- bargo, según advirtió Goy, “el fallo de muchas de estas medidas” puede dar lugar a un acto de interferencia ilícita. El principal problema desde el punto de vista normativo en relación con el suministro de productos y servicios a las compañías aéreas está “en la verifi- cación de la aplicación de las medidas”, destacó la inspectora AVSEC. “Sobre todo, porque son empresas que están fuera del aeropuerto y normalmente las medidas del PNS se aplican en el propio entorno aeroportuario”, argumentó. Goy se refirió, como Cándido Gui- llén, a la creación de las figuras de pro- veedor acreditado y proveedor cono- cido, centrándose concretamente en los prestadores de servicios a bordo. En el primer caso, las compañías contrata- das están sujetas a unos requisitos es- pecíficos para poder entregar las pro- visiones directamente a la aeronave; mientras que los proveedores conoci- dos harán sus entregas a las compañías aéreas o a los proveedores acreditados, pero nunca prestarán el servicio direc- tamente al avión. En los casos en que la empresa abastecedora no tenga alguna de esas dos categorías, sus suministros estarán sujetos a los métodos de ins- pección del centro aeroportuario, que son los que establece la normativa na- cional e internacional, según explicó. De la aprobación de este tipo de em- presas se encargará, en el caso de los proveedores acreditados, la autoridad competente (en el caso español, AESA); Carolina Goy Inspectora AVSEC, ingeniera de sistemas de Isdefe José Luis Nieto Jefe de la División de Seguridad Operativa de Aena
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