Seguritecnia 374

116 SEGURITECNIA Abril 2011 PBC Cash de negocio o actividades que presen- ten un riesgo más elevado de blanqueo de capitales o de financiación del terro- rismo. Envío de dinero En las operaciones de envío de di- nero, las transferencias correspondien- tes deberán cursarse a través de cuen- tas abiertas en entidades de crédito, tanto en el país de destino de los fon- dos como en cualquier otro en el que operen los corresponsales en el extran- jero o sistemas intermedios de com- pensación. Las entidades que presten servicios de envío de dinero solo contratarán con corresponsales en el extranjero o siste- mas intermedios de compensación que cuenten con métodos adecuados de li- quidación de fondos y de prevención del blanqueo de capitales y de la finan- ciación del terrorismo. Los fondos así gestionados deberán ser utilizados única y exclusivamente para el pago de las transferencias orde- nadas, sin que quepa el empleo de los mismos para otros fines. En todo caso, el abono a los corresponsales que paguen a los beneficiarios de las transferencias se hará necesariamente en cuentas en en- tidades de crédito abiertas en el país en que se efectúe el pago. En todo momento, las entidades debe- rán asegurar el seguimiento de la opera- ción hasta la recepción por el beneficia- rio final. Tipologías de blanqueo de capitales El desarrollo de nuevas técnicas de blan- queo y la incorporación de nuevos pro- fesionales y sectores de actividad en los esquemas criminales hacen necesario definir nuevas estrategias para prevenir el blanqueo de capitales. Esta necesidad es compartida por, prácticamente, todos los países y orga- nizaciones internacionales, siendo el más activo entre ellos el Grupo de Acción Fi- nanciera Internacional (GAFI). Para ello llevan a cabo actuaciones que comportan análisis de procedimien- tos y tendencias que se detectan para blanquear, que sirven para dotarse de las mejores prácticas en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Una tipología es un conjunto de es- quemas que constituyen o diseñan una forma similar para blanquear fondos de origen criminal. Es un proceso de blan- queo de capitales en el que se desa- rrollan esquemas especializados que se constituyen con formatos homogéneos y que recurren a métodos similares. Canales de blanqueo Son aquellos circuitos por los que discu- rren los fondos o bienes de origen ile- S e ha cumplido un año desde la publicación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Fi- nanciación del Terrorismo (BOE nº 103 del 29/04/2010). Transcurrido un año no se ha cumplido la Disposición Fi- nal Quinta. Desarrollo reglamentario , que habilita al Gobierno para que en el plazo de un año a contar desde la en- trada en vigor de la ley apruebe las dis- posiciones reglamentarias para su eje- cución y desarrollo. No obstante, la ley se encuentra en vigor desde el 30 de abril de 2010. La Ley 10/2010 establece las medi- das de diligencia debida que deben ser aplicadas, distinguiendo entre las medi- das simplificadas de diligencia debida respecto del cliente (Art. 9), las medidas simplificadas de diligencia debida res- pecto de productos u operaciones (Art. 10) y las medidas reforzadas de diligen- cia debida (Art. 11). Estas últimas deben ser aplicadas por los sujetos obligados, además de las medidas normales de di- ligencia debida, cuando se presente un alto riesgo de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo. Establece la ley que los sujetos obli- gados también aplicarán, en función de un análisis de riesgo, medidas refor- zadas de diligencia debida en aquellas situaciones que por su propia natura- leza puedan presentar un riesgo más elevado de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo, y que en todo caso tendrán esta consideración la actividad de banca privada, los servi- cios de envío de dinero y las operacio- nes de cambio de moneda extranjera. Cuando se publique el reglamento de la Ley 10/2010, conoceremos la concre- ción de las medidas reforzadas de dili- gencia debida exigibles en estas áreas Prevención del blanqueo de capitales. Envío de dinero Joaquín Mañeru López / Director de Seguridad

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