Seguritecnia 378
84 SEGURITECNIA Septiembre 2011 Artículo Técnico más orientados a regular la prestación de las restantes actividades y servicios (vigilancia, instalación de sistemas, cen- trales de alarmas, transporte de fondos, etc.). Las Órdenes Ministeriales del pa- sado febrero, que suponen un nuevo avance en la regulación del sector, man- tienen en los centros de formación –nu- merosos y buenos en la actualidad– el desarrollo de las materias que se deben impartir a los profesionales para abor- dar estos trabajos. [Nota: Es justo recor- dar que la Dirección General de Pro- tección Civil y Emergencias, del mismo Ministerio, elabora desde antiguo estu- dios, normas, orientaciones, guías, con- sejos, etc. para tratar las emergencias y catástrofes]. En este marco teórico y legal, pase- mos a revisar sucintamente los elemen- tos antes señalados siguiendo la meto- dología de las vulnerabilidades, basada en la obra de R. Valero y J. Cruz ( Ma- nual de Seguridad , ESC, 1996), modifi- cada en algunos aspectos a la luz de la experiencia. Así, la “ situación general ” obliga a recopilar aquellos datos que afectan al contrato suscrito: el tipo de entidad (eléctrica, financiera, hospita- laria, edificio oficial, aeropuerto...), su si- tuación geográfica (comunidad, ayun- tamiento…), topografía y climatología, la organización (denominación, sedes, dirección, estructuras territorial y fun- cional, departamento de Seguridad...) y cualquier otro dato de interés. Conviene también fijar a priori unos “ criterios de seguridad ” que sirvan de orientación y alcance del trabajo a reali- zar. Serán los mínimos, aunque algunos siempre estarán presentes: de “respeto a la legalidad vigente”, que obliga a co- nocer las normativas sobre seguridad y emergencias, el derecho a la intimidad y a la propia imagen, la protección de datos personales, la específica del sec- tor (bancario, aéreo...), etc.; de “eficacia”, pues de lo que se trata, ante todo, es de resolver un problema al cliente; de “in- tegración técnica y operativa”, que fa- E n mi anterior artículo, titulado “Hacia una Teoría de Seguri- dad” ( Seguritecnia , número de mayo), concluía que la escuela militar aporta los elementos teóricos que inci- den en cualquier problema de protec- ción originado por acciones antisocia- les (intrusión, robo, daños, fugas de in- formación, etc.), sin olvidar por ello las muchas aportaciones de otras escuelas (policial, del seguro y del propio sector) que conforman el bagaje teórico-prác- tico de los profesionales. Se trata de: 1) situación general y criterios de seguri- dad; 2) objeto de protección; 3) ame- nazas/riesgos; 4) espacio y tiempo (vul- nerabilidades); 5) medios y medidas de protección; y 6) Plan de Seguridad. Conviene ahora recordar que la con- sultoría de seguridad, orientada a la re- solución de estos problemas, es una ac- tividad que el Reglamento de Seguri- dad Privada (RD 2364/ 1994) permite prestar a las empresas de seguridad, bajo la forma de “planificación y aseso- ramiento de las actividades de seguri- dad” (artículo 1.1, g); además, las obliga a “determinar bajo su responsabilidad la adecuación del servicio a prestar res- pecto a la seguridad de las personas y bienes protegidos, así como la del per- sonal de seguridad que haya de prestar el servicio, teniendo en cuenta los ries- gos a cubrir, formulando en consecuen- cia, por escrito , las indicaciones proce- dentes” (artículo 23), debiendo tener en plantilla “personal facultativo” para pro- yectos técnicos y “personal que acre- dite conocimientos y experiencia” en la organización de servicios (Anexo, 1.7.1º a y d). Ésta es la base legal de la consultoría de seguridad, a cuyo desarrollo práctico no se ha prestado una excesiva aten- ción por los organismos competentes, Justo Cruz / Director de Seguridad Método de las vulnerabilidades
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