Seguritecnia 379

140 SEGURITECNIA Octubre 2011 PBC Cash d) Suspensión temporal en el cargo por plazo no superior a un año. La sanción prevista en la letra c), que ha de ser obligatoria en todo caso, se impondrá simultáneamente con alguna de las previstas en las letras a), b) o d). Formación de empleados Dispone la Ley 10/2010 (artículo 29) que los sujetos obligados adoptarán las me- didas oportunas para que sus emplea- dos tengan conocimiento de las exi- gencias derivadas de la propia Ley. Estas medidas incluirán la participa- ción debidamente acreditada de los em- pleados en cursos específicos de forma- ción permanente orientados a detectar las operaciones que puedan estar rela- cionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo e instruirles sobre la forma de proceder en tales ca- sos. Las acciones formativas serán objeto de un plan anual que, diseñado en fun- ción de los riesgos del sector de negocio del sujeto obligado, será aprobado por el órgano de control interno. Debe tenerse muy presente que el in- cumplimiento de la obligación de for- mación de empleados, en los términos expuestos, constituye también infrac- ción grave. CONOCIMIENTO DE INDICIOS DE OPERACIONES PARA EXAMEN ESPECIAL. SERVICIO EJECUTIVO El Servicio Ejecutivo de la Comisión, cuando publicaba sus memorias anua- les, dedicaba un apartado al análisis de riesgos, recogiendo diversos análisis de sectores o áreas de negocio desde la perspectiva del riesgo de su utilización para el blanqueo de capitales y descri- bía diversas operativas de riesgo. La información pormenorizada y de- tallada era de una gran utilidad en la medida en que recogía las actuacio- nes iniciadas en el año por comunica- ción de los propios sujetos obligados: se describían los hechos, las actuacio- nes y los resultados. Algunos ejemplos de operaciones de blanqueo de capitales, que fueron pu- blicadas en las memorias, ponían de manifiesto los indicios que el legislador establece para las operaciones que de- ben ser comunicadas como sospecho- sas y que tras su análisis facilitaron la detención de delincuentes. Veamos algunas de estas operaciones a continuación. Sociedades ‘instrumentales’ Se trata de sociedades “instrumenta- les” para transferir a América, bajo la su- puesta declaración de pagos por im- portaciones, el dinero obtenido en el tráfico de drogas. En una cuenta de una entidad de cré- dito se habían realizado ingresos de efectivo por importe elevado, una parte de los cuales fue enviado, mediante ocho transferencias a Estados Unidos, manifestando la sociedad que las mis- mas respondían a pagos por la impor- tación de madera. El administrador de la sociedad, ad- ministró posteriormente una nueva so- ciedad, operando de modo similar con ingresos de efectivo y pagos al exterior, si bien en concepto de pagos por la im- portación de pulpa de fruta. Una tercera sociedad, perteneciente al mismo grupo, realizaba similares ope- rativas bancarias. Analizadas las operaciones fueron de- tenidas seis personas por su presunta relación con el blanqueo de capitales procedentes del tráfico ilegal de drogas. Movimientos económicos Los movimientos económicos llevados a cabo por un grupo familiar de nacio- nalidad rusa, supusieron actuaciones de las que se derivaron indicios de blan- queo de capitales. Las operaciones sospechosas realiza- das por dos hermanos de nacionalidad rusa, a su propio nombre y al de tres so- ciedades españolas de responsabilidad limitada gestionadas por ellos fue co- municada al Servicio Ejecutivo. Resultaba que una de estas socie- dades había incrementado notable- mente el volumen de sus operaciones a lo largo del año. Además, junto con otra de ellas, había suscrito importantes par- ticipaciones en fondos de inversión, lle- gando a alcanzar volúmenes relevantes. Se daba la circunstancia de que di- chos fondos de inversión habían sido fi- nanciados, en parte, con pólizas de cré- dito y préstamos con garantía hipote- caria y de que en las operaciones de suscripción y reembolso realizadas la sociedad obtuvo ciertas pérdidas. Hechos y circunstancias relevantes fueron los siguientes: 1. Se trataba de un grupo familiar de nueve miembros, accionistas y ad- ministradores de cuatro sociedades españolas que constituían un entra- mado de personas y sociedades que desarrollaban actividades económi- cas de considerable importancia. 2. Examinados los extractos de movi- mientos de los mismos, se advertía la existencia de numerosas operaciones de elevada cuantía que, en muchas ocasiones, no parecían asimilables a las propias de una actividad empresa- rial de esa naturaleza. 3. A sus respectivos nombres figura- ban numerosas cuentas corrientes en moneda nacional y extranjera, cuen- tas de crédito, préstamos con garan- tía hipotecaria, fondos de inversión, cuentas de valores e imposiciones a plazo fijo. 4. Los préstamos con garantía hipoteca- ria no respondían en muchas ocasio- nes a la figura de los llamados “prés- tamos al promotor” de las empresas inmobiliarias, sino que se concedían con la garantía de sus propios inmue- Las acciones formativas serán objeto de un plan anual que será aprobado por el órgano de control interno

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