Seguritecnia 387
48 SEGURITECNIA Junio 2012 Directores de Seguridad tamaño y despliegue geográfico, de su génesis y crecimiento, así como de sus planes y proyectos estratégicos. Será di- fícil, por tanto, contemplar en su redac- ción cómo definir con precisión cuáles son las competencias que deben regu- lar esta figura legal. Quizás sería oportuno que la Admi- nistración Pública defina también las competencias de las compañías en ma- teria de seguridad, tengan constitui- das o no estas Direcciones. Un ejem- plo: actualmente, la contratación de los servicios de seguridad es una prerro- gativa que la Ley adjudica a los direc- tores, pero que las empresas, en mu- chos casos, centralizan en sus unidades de compras, recibiendo asesoramiento técnico de las Direcciones de Seguridad cuando éstas existen. Por otro lado, si solo se regula la fi- gura del director se puede difuminar la actividad, competencias y responsabili- dades de las Direcciones de Seguridad de las que forman parte perfiles profe- sionales que no siempre coinciden con los de director de Seguridad. Para complicar este escenario, hay que tener también presente que muchas de las actividades que potencialmente son de seguridad no están reguladas solo por un ministerio. Éste sería el caso de aspectos cómo la prevención de riesgos laborales, la seguridad de las tecnologías de la información y las comunicaciones, actividades mercantiles relacionadas con proyectos del Ministerio de Defensa, se- guridad aeronáutica, etc. En definitiva, la redacción de la Ley tiene que contemplar un amplio aba- nico de aspectos de una forma equili- brada y flexible, lo que exigirá a sus re- dactores una gran apertura de miras. La delincuencia ha evolucionado en igual medida que la sociedad. Entre otros posibles, la globalización, la revolución tecnológica, el resurgimiento de viejos conflictos y los desequilibrios sociales e internacionales nos obligan a mantener una actitud permanente de observación, adaptación y reciclaje. Éste debe ser el espíritu que marque la revisión de nues- tra actividad. Vivimos un momento que requiere por nuestra parte formación, autocrítica, colaboración, imaginación, pragmatismo e innovación, bañado todo por la experiencia y el sentido común. La actitud y actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) es ejemplar y está repleta de actuacio- nes que constatan claramente su gran espíritu de colaboración sin ceder sus exclusivas y difíciles competencias. Creo que los profesionales de Seguridad Pri- vada sabemos que contamos con su res- paldo. Desde mi punto de vista, uno de los éxitos de la Ley de Seguridad Privada fue hacernos sentir parte de las FCSE. Sin embargo, es necesario ser ambiciosos y plantear nuevas mejoras a esta relación. Las recientes acciones promovidas como la creación de los nuevos porta- les de las FCSE para la Seguridad Privada, son un claro ejemplo de su actitud cons- tructiva y colaboradora; pero el horizonte que debemos proponerles debe estar siempre en permanente movimiento, de forma que, una vez alcanzado un hito, exista uno nuevo que les impulse a me- jorar la funcionalidad de estas redes. Las direcciones de Seguridad veríamos con muy buenos ojos encontrar en estos portales alertas y recomendaciones que faciliten nuestra actividad en materia de prevención de riesgos. S Es difícil anticipar qué requerirá nues- tro sector durante la vigencia que pueda tener esta nueva Ley. Para su redacción habrá que tener presentes las leyes y normas que se han promulgado o ac- tualizado después de su publicación, y cuyo contenido nos afecta directamente. En este sentido, las nuevas normas que regulan el mercado de los servicios y de los sistemas, las regulaciones en mate- ria de protección de datos y la más re- ciente en materia de infraestructuras crí- ticas marcan claramente los tiempos en los que nos encontramos. Por otro lado, el proceso de construcción europea, del que me gustarían resaltar entre otros proyectos la homologación en mate- ria educativa, el imparable proceso de globalización de las economías, la gran competitividad que nos impulsa a actuar simultáneamente en diferentes escena- rios geográficos o los nuevos riesgos que asumimos en materia de delincuencia y terrorismo, son factores que debemos tener presentes en su redacción. También habrá que analizar cuál es la tendencia del mundo empresarial, ya que la Ley debe equilibrar sus objetivos sin dejar de favorecer esta actividad. Será difícil equilibrar en esta norma todas las necesidades de sectores y estructuras empresariales muy diferentes, pero debe realizarse este ejercicio creando un plan de consultas amplio y riguroso. Actualmente, esta figura está regu- lada para un viejo escenario diferente de la realidad legal y mercantil actual. Además, regula una figura cuya entidad y ejercicio profesional es mucho más heterogéneo que durante su redacción. Éste depende de la actividad mercantil de la empresa a la que pertenece, de su “La nueva Ley de Seguridad Privada debe equilibrar sus objetivos sin dejar de favorecer la actividad empresarial” Juan Gros Socio de ASIS-España
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