Seguritecnia 394

Protección de Infraestructuras Críticas SEGURITECNIA Febrero 2013 17 a cabo medidas concretas para su implantación, cualquier normativa corre el riesgo de quedar en “papel mojado”, y este no es ni mucho me- nos el caso. Se necesitan para ello recursos, medios e iniciativas que poner en marcha; y la más ambi- ciosa de todas ellas, la que supone un mayor recorrido y dota de una solidez al sistema que se pretende implantar es, sin duda, el plantea- miento de una metodología top- down que abarque de forma com- pleta todo el ciclo de planificación necesario para afrontar la protec- ción integral de nuestras infraes- tructuras. Los instrumentos de este es- quema de planificación se basan en una batería de planes que, co- menzando por el Plan Nacional de Protección de las Infraestructu- ras Críticas y los Planes Estratégi- cos Sectoriales (los dos de carácter estratégico y responsabilidad del Es- tado), continúa por los Planes de Se- guridad del Operador y los Planes de Protección Específ icos (ambos con un alcance más limitado y responsabi- lidad de los titulares de infraestructu- ras críticas) y culmina con los Planes de Apoyo Operativo (de carácter ope- rativo y responsabilidad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, por tanto, de la Administración, de manera que quede así cerrado el sistema). La complejidad y alcance de estos planes dan por sí solas materia para ser abordada en otra ocasión en un ar- tículo monográfico, si se tercia. Baste decir por ahora que todos ellos defi- nen un conjunto de medidas para la protección de las infraestructuras crí- ticas que se concretan en actuaciones que deben ser llevadas a cabo por los distintos integrantes del Sistema PIC y que pivota sobre un mecanismo de ca- rácter interdepartamental (la Comisión de Infraestructuras Críticas ) cuyo eje principal es el CNPIC . El objetivo del CNPIC es, precisa- mente, impulsar y coordinar los meca- nismos que hagan posible el funciona- miento de todo este sistema. En este proceso hay que contemplar la especial realidad de las diferentes in- fraestructuras, compartimentadas y or- ganizadas en 12 sectores estratégicos , muy diferentes entre sí y con su propia idiosincrasia, estrategias, procedimien- tos y procesos de negocio, lo que hace aún más difícil la coordinación de polí- ticas y de acciones. Sin embargo, el objetivo final es co- mún para todos ellos, para todos no- sotros: dotar de una adecuada seguri- dad integral a nuestras infraestructu- ras críticas, garantizar la cooperación y el acceso a información de interés y proteger, en definitiva, a nuestra socie- dad y nuestros ciudadanos. Se trata, al fin y al cabo, de recorrer un camino en el que se deben cambiar conciencias, conceptos y protocolos tan arraiga- dos como desfasados, mediante el de- sarrollo de una estrategia que pueda ser suscrita por todos y en la que todos participen. Esquema de planificación El Esquema de Planificación PIC es otra de las acciones innovadoras que introduce la Ley 8/2011 y su Regla- mento. Es evidente que, de no llevarse para mejorar la seguridad de nues- tros ciudadanos y el correcto funcio- namiento de los servicios esenciales. Sin embargo, se antojó necesario en ese punto publicar una norma- tiva legal que diera mayor soporte a dichas iniciativas y que regulara con claridad las responsabilidades, obli- gaciones y funciones de los agen- tes involucrados en la protección de nuestras infraestructuras críticas. La publicación de la Ley 8/2011, de 28 de abril , por la que se esta- blecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas (más conocida como Ley PIC ) vino a lle- nar ese vacío legal existente, tra- tando de dar respuesta a esas ne- cesidades demandadas por buena parte del sector de la seguridad, tanto público como privado, de nuestro país. El fin primordial de la ley, y la del reglamento que la desarrolla (el Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo ), es el establecimiento a nivel na- cional de una serie de medidas en ma- teria de protección de infraestructuras críticas que proporcionen un soporte adecuado sobre el que se asiente una eficaz coordinación de las adminis- traciones públicas y de las entidades y organismos gestores o propietarios de dichas infraestructuras que presten servicios esenciales para la sociedad, con el fin de lograr una mejor seguri- dad global. De esta manera, la Ley PIC introduce un concepto innovador que viene a materializar la idea de gobernanza es- bozada unas líneas atrás: el Sistema de Protección de Infraestructuras Críti- cas (Sistema PIC) , mediante el cual se pretende acoger a todos aquellos ac- tores que tienen responsabilidad en la gestión, operación, regulación o se- guridad de las infraestructuras que so- portan nuestros servicios esenciales. Y como la gestión de dichos servi- cios es asumida en gran parte por el sector privado, es necesario insistir es- pecialmente en el protagonismo de la empresa, a la que se le reserva un lu- gar en el Sistema PIC.

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