Seguritecnia 394
32 SEGURITECNIA Febrero 2013 Protección de Infraestructuras Críticas tienen mayor impacto, y si las instala- ciones son dañadas, afectará a mayor número de usuarios. El desarrollo del transporte aéreo está basado en la seguridad, de ahí que en los aeropuertos, ante cualquier tipo de incidencia de las instalaciones o de las comunicaciones, siempre existirá una contingencia. El ejemplo más claro en todo esto es que en el caso de que un aeropuerto no pueda recibir vuelos por cualquier tipo de incidente, las aerona- ves para las que es destino tendrán que ir al aeropuerto alternativo que está de- finido en su plan de vuelo desde antes de su despegue. Esto es una garantía adicional y necesaria, para el transporte aéreo, pues no se puede correr el más mínimo riesgo. En el caso de las instalaciones aeroportuarias y centros de control, al estar implantadas y desarrolladas las medidas exigidas en el Programa Na- cional de Seguridad, implica prepara- ción y adecuación a las exigencias PIC de la Ley 8/2011. En el caso aeroportuario, los aconte- cimientos y amenazas crecientes en un sector tan sensible hacia la seguridad, ha contribuido a que se disponga de una marco y un modelo muy exigente en cuanto a requerimientos de seguri- dad. Sin embargo no es suficiente y ha- brá que seguir avanzando y mejorando, contribuyendo a la mejora continua de la seguridad para la sociedad a la que damos servicio. S rie de requisitos y estándares de cum- plimiento, que redundarán en una me- jora global de la seguridad de toda la sociedad. Esto servirá para que en sectores que no dispongan de una normativa tan re- gulada como la del sector aéreo, con la Ley de Protección de Infraestructuras Críticas, tengan un marco de trabajo y de referencia en el cual avanzar y adap- tarse a los requerimientos de seguridad. Será necesario dotar de instalaciones y equipamiento de seguridad, además de personal de seguridad acorde con las exigencias del sector al que da servi- cio. Esto significará asignación de recur- sos, tanto humanos como económicos, y ahora en tiempos de crisis y dificulta- des económicas hará necesario poner todo el talento y lo mejor de los profe- sionales del sector para adaptar las in- fraestructuras a los requerimientos nor- mativos de la Ley de Protección de In- fraestructuras Críticas. En el caso de los aeropuertos, es im- portante tener en cuenta que los aero- puertos e instalaciones de Navegación Aérea son Infraestructuras de relevancia, esenciales para la sociedad en el sector transportes con un gran impacto, reper- cusión e interrelación con otros sectores estratégicos de la sociedad. Quizá no todos los aeropuertos tienen el mismo nivel de relevancia en la sociedad por la afección que pudiera tener en la socie- dad a la que da servicio. Lógicamente los aeropuertos con mayor actividad dor y el Plan de Protección Específico de la Instalación, así como el director de se- guridad y delegado de la infraestructura. Podemos decir que el modelo para la protección de infraestructuras críti- cas planteado por la Ley de Protección de Infraestructuras Críticas sigue el pa- trón de lo aplicado en el modelo de se- guridad aeroportuaria. Es claro que la exigencia de seguridad en el modo aé- reo surgido tras los atentados del 11 de septiembre en el World Trade Center ha hecho que se creara un modelo para la seguridad del transporte aéreo que ha evolucionado en estos últimos años, y que a la larga ha establecido un modelo de alta exigencia en todos los usuarios del transporte aéreo. Este modelo lle- vado a cabo en estos últimos años ha avanzado y evolucionado en función de las necesidades de seguridad y de la evolución de las amenazas. Ahora, con la Ley de Protección de Infraestructuras Críticas, los sectores del transporte, las redes de suminis- tros de energía, las telecomunicaciones, los servicios básicos, etcétera, debe- rán evolucionar y adaptarse para poder cumplir con los requisitos de la norma- tiva. El modelo a implementar podría ser similar al implantado en el sector aeroportuario. Conclusiones ¿Debería ser Aena Aeropuertos desig- nado como operador crítico? ¿Son los aeropuertos infraestructuras críticas? Corresponde al CNPIC establecerlo, si bien el catálogo de infraestructuras crí- ticas es secreto y únicamente lo co- nocerán los designados. Creo además que los requisitos y normativa de ca- rácter internacional establecidos en los reglamentos europeos y en la norma- tiva nacional a los que están sometidos los aeropuertos y el transporte aéreo cumplen, e incluso sobrepasan, a los es- tablecidos en la Ley de Protección de Infraestructuras Críticas. Con la Ley de Protección de Infraes- tructuras Críticas se están regulando distintos sectores estratégicos para la sociedad y se establece un marco normativo en el cual se fijen una se-
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