Seguritecnia 395
80 SEGURITECNIA Marzo 2013 Seguridad en Casinos y Salas de Juego apertura de dicho proceso duraría alre- dedor de dos años. Las licencias generales autorizan a los operadores a desarrollar la prestación de las actividades de juego dentro de las categorías de loterías, apuestas, ri- fas, concursos y otros juegos. Las licen- cias para loterías están reservadas a los operadores de Lotería Nacional (SELAE y ONCE) y las licencias para rifas aún no se han otorgado. Las licencias que se han concedido y han dado lugar a 52 nuevos operadores son las dedicadas a las actividades de apuestas, concursos y otros juegos. De acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 1614/2011, respecto a las licen- cias y autorizaciones, los operadores que presten servicios de juego a con- sumidores y sean titulares de una pla- taforma deberán obtener la corres- pondiente licencia. También deberán obtener el título habilitante las compa- ñías que asuman actividades de juego “siempre que sus ingresos por esta ac- tividad estén relacionados con los in- gresos brutos o netos, comisiones, así como cualesquiera cantidades por ac- tividades relacionadas con los juegos y, a su vez, realicen cualquier actividad de comercialización de la actividad de juego como puede ser, con carácter meramente enunciativo, la determina- ción de la cuantía de los premios o tor- neos, la gestión de políticas para juga- dores, transacciones y liquidación de pagos, la gestión de la plataforma de juegos o el registro de usuarios”. Este artículo también hace referen- cia a aquellas empresas que tengan la consideración de “operadores o coor- ganizadores del juego”. En este sen- tido, nos referimos a aquellas compa- ñías que gestionan las plataformas de juego de las cuales otros operadores son miembros o a las que se adhieren. Son, en concreto, las redes de póquer y bingo on-line , u otras redes gestionadas por una empresa coorganizadora. Den- tro de estas redes, los jugadores de un operador se encuentran con jugadores de otros operadores y juegan entre sí. Las compañías organizadoras y gestoras de tales redes también deben disponer de una licencia. Licencias Singulares: Estas licencias sólo pueden ser obtenidas por aquellos ope- radores que hubiesen conseguido la correspondiente licencia general antes mencionada. Por consiguiente, aquellos operadores que perdieron la oportuni- dad de solicitar la licencia general ahora no pueden solicitar las singulares. No obstante, los operadores que ya tienen licencias generales podrán solici- tar licencias singulares en cualquier mo- mento (la fecha límite del 14 de diciem- bre era sólo con respecto a las licencias generales). E l 27 de mayo de 2011 se aprobó la Ley 13/2011, de Re- gulación del Juego. Varios re- glamentos y órdenes de desarrollo se publicaron posteriormente y también se tramitó el procedimiento de otor- gamiento de licencias. Dicho procedi- miento culminó con la concesión de 250 licencias a 52 operadores en el mes de junio de 2012, situación en la que nos encontramos actualmente. Cabe resaltar que el proceso de ob- tención de esos permisos está cerrado y ahora mismo ninguna compañía puede solicitar nuevas licencias para conver- tirse en operador de juego. Esto sig- nifica que la única forma de entrar en este mercado es mediante la compra de un operador existente con sus licen- cias o mediante un acuerdo o inversión en dicho operador. En la actualidad, aunque quedan cuestiones pendientes de resolver, los operadores disponen de un marco re- gulatorio suficiente para desarrollar su negocio. Sistema de licencias Cualquier actividad de juegos de azar o apuestas en España está sujeta a la pre- via obtención de un título habilitante. La Ley prevé tres tipos de títulos habili- tantes: licencia general, licencia singular y autorización. Licencias generales: La fecha límite para solicitar una de estas licencias ex- piró el 14 de diciembre de 2011. Pese a no estar previsto un nuevo procedi- miento para el otorgamiento de licen- cias, éste podría iniciarse en cualquier momento por parte del Gobierno. Los operadores podrían también solici- tar que se abriera un nuevo procedi- miento de licencias, sin embargo, la Xavier Muñoz Bellvehí Abogado especializado en Nuevas Tecnologías del despacho de abogados Ecija Visión jurídica del mercado del juego ‘on-line’ en España TABLA 1 Apuestas Otros juegos Concursos Apuestas deportivas de contrapartida, Apuestas deportivas mutuas, Otras apuestas de contrapartida, Apuestas hípicas de contrapartida, Apuestas hípicas mutuas. Ruleta, Póquer, Punto y Banca, Black Jack, Bingo, Juegos complementarios Concursos
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