Seguritecnia 396
40 SEGURITECNIA Abril 2013 Seguridad en edificios y espacios abiertos dadana. Fruto de las cuales surge en 2007 el RD 393/2007 (Norma Básica de Autoprotección, NBA), que, en su apli- cación en estos eventos públicos, plan- tea la necesidad de proteger de forma autónoma a los visitantes y usuarios de actividades que pudieran dar origen a situaciones de emergencia, estable- ciendo unos contenidos mínimos que deben estar incluidos dentro del pro- pio Plan de Autoprotección (PAU), sobre todo en aquellas circunstancias en las que por su gran afluencia de público re- quieren de una actuación concreta ante la presencia de unos riesgos específicos. Un repaso histórico arroja cifras de vértigo. Cada vez más, los aforos se au- mentan en decenas de miles de perso- nas, sin embargo, las exigencias en ma- teria de seguridad y emergencias no se adaptan a los riesgos in crescendo que esto provoca. El Love Parade (Alemania, 2010), el Madrid Arena (Madrid, 2012) o la Discoteca Kiss (Brasil, 2013) son cla- ros ejemplos de cómo la previsión y la planificación son fundamentales para aplicar políticas preventivas que eviten la pérdida de vidas humanas. La producción de grandes eventos públicos en pro de la cultura ha pa- sado en los últimos años a convertirse en una formula fácil y rápida de ganar mucho dinero, y los cálculos así lo de- muestran. Ante un mismo coste en la producción, los beneficios solo varia- ran en función del número de asisten- tes al mismo; por tanto, las discotecas y pub se quedan pequeños para tan in- teresante e ingente negocio. Esta ne- cesidad de mayor espacio físico plan- tea a los productores la urgencia de contar con recintos de titularidad pú- blica, muchas veces cedidos por las ad- ministraciones locales mediante con- venios de colaboración. Estos recintos, por lo general instalaciones deporti- vas, están desprovistos de medidas de seguridad específicas para albergar di- C omo padre, uno no deja de preocuparse por la seguridad de sus hijos, y si además uno se dedica a esto, la preocupación es aún mayor. Los hechos ocurridos en la noche de Halloween de 2012 en Madrid parecen haber marcado un punto de inflexión igual que lo hiciera el 11-S o el 11-M en materia de seguridad, aunque lamentablemente algunas administra- ciones no asimilan estas necesidades y siguen con sus modelos de gestión ca- rentes de una perspectiva preventiva, que, bien por desconocimiento o por burocracia, no se atreven a aplicar co- rrectamente. Cuando hablamos del Madrid Arena, estamos hablando de macroeventos de pública concurrencia, espectácu- los donde la af luencia de público se cuenta por miles o decenas de miles y donde la gestión en materia de seguri- dad tiene poco que ver con las actua- ciones en teatros o cines. Ya sean en es- pacios acotados al aire libre, o en recin- tos cerrados, sus medidas de seguridad están claramente definidas por normati- vas, las cuales deben ser cumplidas es- crupulosamente para evitar tragedias y lamentos por carecer de ellas. Como ejemplo claro y evidente, te- nemos los estadios de fútbol, donde la celebración de partidos en estas ins- talaciones cuenta incluso con su pro- pia normativa federativa de carácter internacional (FIFA). Pero es que los eventos públicos también cuentan con numerosa normativa propia. A nivel na- cional, nos encontramos con dos le- yes principales: la Ley 2/1985 sobre Pro- tección Civil y la Ley Orgánica 1/1992 sobre Protección de la Seguridad Ciu- Seguridad en eventos públicos Enrique Tadeo Rodríguez / Técnico en Logística de Catástrofes* * Enrique Tadeo es graduado en Seguridad y Control de Riesgos, así como director de Seguridad Privada. Además, es autor del blog enriquetadeo. blogspot.com.es , donde se pueden encontrar más opiniones sobre la seguridad en espacios públicos.
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