Seguritecnia 396
50 SEGURITECNIA Abril 2013 Seguridad en edificios y espacios abiertos Proteger los alojamientos de los parti- 5. cipantes y visitantes. Maximizar la seguridad en las com- 6. peticiones, las ceremonias, los con- gresos, los actos culturales y todos aquellos acontecimientos relaciona- dos con éstos. Dar protección especial a las autori- 7. dades, personalidades y delegaciones deportivas. Inspeccionar la seguridad de los ser- 8. vicios de apoyo a las competiciones. Garantizar la seguridad ciudadana en 9. toda el área de influencia afectada. Maximizar la seguridad de los ser- 10. vicios públicos necesarios o esen- ciales. Proporcionar una respuesta inme- 11. diata y coordinada ante cualquier ca- tástrofe o calamidad pública. E l objetivo principal de la or- ganización de la seguridad en cualquier evento depor- tivo consiste en garantizar la celebra- ción pacífica y ordenada de la competi- ción, maximizando la seguridad de sus participantes, visitantes y residentes de acuerdo a la normativa vigente 1 . Para conseguir este objetivo se re- quiere ejecutar actuaciones e invertir recursos con tal de: Ve l ar por l as condi c i ones de 1. autoprotección en relación a las per- sonas, los bienes, la información y las actividades. As egur a r l as cond i c i ones de 2. autoprotección de las instalaciones de competición, entrenamiento, alo- jamiento y servicios. Supervisar el control de acceso de 3. personas, vehículos, mercancías y ob- jetos en las instalaciones de compe- tición, entrenamiento, alojamiento y servicios. Garantizar la seguridad de los despla- 4. zamientos de los participantes, visi- tantes y residentes. 1. Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte./ Resolución del Ministerio de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, de 19 de septiembre de 2009, por la que se aprueba el formulario de localización de los deportistas (BOE, número 231 de 24 de septiembre de 2009)./ Real Decreto 1462/2009, del Ministerio de la Presidencia, de 18 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 641/2009, de 17 de abril, por el que se regulan los procesos de control de dopaje y los laboratorios de análisis autorizados, y por el que se establecen medidas complementarias de pre- vención del dopaje y de protección de la salud en el deporte (BOE, número 227 de 19 de septiembre de 2009)./ Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, de 27 de mayo de 2009, sobre la modificación al Anexo II, normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos, en vigor desde el 1 de enero de 2009, de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, firmada en París el 18 de noviembre de 2005 y publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 41, de 16 de fe- brero de 2007 (BOE, número 131 de 30 de mayo de 2009)./ Real Decreto 641/2009, del Ministerio de la Presidencia, de 17 de abril, por el que se regulan los procesos de control de dopaje y los laboratorios de análisis autorizados, y por el que se establecen medidas complementarias de prevención del dopaje y de protección de las salud en el deporte (BOE, número 112 de 8 de mayo de 2009)./ Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte (BOE, número 166 de 12 de septiembre de 2007)./ Orden de 22 de diciembre de 1998, por la que se regulan las unidades de control organizativo para la prevención de la violencia en los espectáculos depor- tivos (BOE, número 309 de 26 de diciembre de 1998)./ Orden de 31 de julio de 1997, por la que se regula el funcionamiento del Registro Cen- tral de Sanciones impuestas por infracciones contra la Seguridad Pública en materia de espectáculos deportivos (BOE, número 214 de 6 de septiembre de 1998)./ Ley 23/1992, de 30 de Julio, de Seguridad Privada (BOE, número 186 de 4 de agosto de 1992)./ Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y su Reglamento de Desarrollo (BOE, número 249 de 17 de octubre de 1990). Eventos deportivos: gestión de la seguridad La gestión de cualquier evento deportivo requiere de una importante planificación de seguri- dad que permita estar preparado para dar una respuesta ante cualquier incidencia. María Prados / Directora de Seguridad de Barcelona 2013
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