Seguritecnia 397

SEGURITECNIA Mayo 2013 25 con posterioridad, obviando de esa manera un trabajo bien elaborado y estructurado que se aproxima mucho más a los fines de las citadas exposi- ciones de motivos. El nuevo Anteproyecto de Ley de Se- guridad Privada abre una ventana a la esperanza, dejando la puerta abierta a ese camino que deben recorrer de la mano los Ministerios de Educación, In- terior, Trabajo y otros sin los cuales la regulación en cualquier ámbito –y por supuesto el formativo– estará abocado al fracaso. S mandos intermedios y universitaria de grado para jefes y directores, sin ex- cluir otros profesionales que no son objeto de este artículo. No podemos tampoco olvidar el protagonismo que le corresponde al Instituto Nacional de Cualificaciones (INCUAL) y sus homónimos autonó- micos, que establecieron en 2004 un itinerario formativo de 430 horas por Real Decreto para vigilantes y espe- cialidades, que no se ha tenido en cuenta en la elaboración de distintas Órdenes y Resoluciones redactadas terminados servicios, como es el caso que nos ocupa (hospitales), por cómo dice la exposición de motivos: “ser ne- cesaria una mayor especialización del personal que los desempeña”. Partiendo de la filosofía, la fundamen- tación y los objetivos que se marcan en las distintas normas que afectan a la se- guridad de personas, bienes e insta- laciones, debemos migrar inexorable- mente a una capacitación obtenida a través del sistema de formación re- glada, formación profesional de ciclo medio para el personal operativo y VIGILANTE DE SEGURIDAD Orden 7 de julio de 1995 – Resolución Secretaría de Estado de Interior 19/01/1996 Nº de Temas (anexo 2 Resolución) Duración (Mínima) Apartado 4 Orden Observaciones 81 240h en 8 semanas lectivas añadiendo posibilidad de 20h de prácticas en empresa Cursos impartidos exclusivamente en modalidad presencial. Establece la obligatoriedad, en su tema 4 del área instrumental, de efectuar prácticas de extinción de incendios con mangueras y extintores (este aspecto ha sido incumplido en el 80% de los centros de formación y cursos impartidos desde 1996, cuestión que puede ser verificada por una mera entrevista del director de Seguridad a sus vigilant--es o mediante la solicitud de justificación de convenios, o facturas de tales ejercicios). Orden 14 de enero 1999 sobre módulos de formación – Resolución de 18 de enero de 1999, de la Secretaría de Estado de Seguridad sobre los módulos de formación 57 180h en 6 semanas lectivas Reduce en 60 horas la formación. Elimina las 20 horas de prácticas en empresas. Elimina 24 temas, algunos coherentemente. Orden INT 318/2011 de 1 de febrero de 2011 y Resolución de 12 de noviembre de 2012 de la Secretaría de Estado de Seguridad 57 90+90h en 6 semanas lectivas Permite impartir el 50% de la formación distancia, sin determinar requerimientos al respecto (entrega de un temario, teleformación, plataforma...). No permite la impartición de los módulos instrumental, técnico profesional u operativo. Especialidad hospitales 6 10 horas Ver Apéndice 5 en el que se determina el temario DIRECTOR DE SEGURIDAD Orden 7 de julio de 1995 Nº de Temas (anexo 4 Orden) Duración (Mínima) Observaciones 9 120h No incluye aspectos como análisis de riesgos, planes de autoprotección, recursos humanos, prevención, ni gestión empresarial. Una Orden que establece 1.800 horas de formación para los detectives privados y que degrada la formación del director de Seguridad estableciendo la mitad de las horas establecidas para un vigilante (240h) presenciales. 20 (anexo III Orden INT/318) 400h La modalidad de impartición conforme al punto 4 del artículo 6 de la Orden INT/318 será determinada por los centros. Seguridad en Centros Hospitalarios

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