Seguritecnia 398
SEGURITECNIA Junio 2013 91 Seguridad en la distribución ¡ C. 3 Radioscopia de mercancías y cor- reos. ¡ IATA CAT -12 Mercancías peligrosas. Además, realizamos formaciones espe- cificas de acuerdo con los requerimien- tos operativos de nuestros clientes; por ejemplo, uso y manejo de equipos de detección de trazas de explosivos y estu- pefacientes, detección de explosivos con perros adiestrados, etc. También dispo- nemos de una plataforma de formación on-line , a través de la cual impartimos cursos que van destinados a personal de las plantillas de nuestros clientes. Legislación A continuación, se resume la legislación aplicable, donde se enmarca el plan de for- mación de Iman Seguridad en instalacio- nes que estén en entornos aeroportua- rios o por razón de su actividad se incluyan dentro de la seguridad de dichas áreas. El Estado español se encuentra inte- grado en la Unión Europea, y tal como se recoge en el título III en su capítulo III sobre Tratados Internacionales en la Constitución Española de 1978, la legis- lación emanada por tratados internaci- onales suscritos por España, como los de la Unión Europea, se integran en el ordenamiento jurídico español sigui- endo el modelo de la pirámide de Kel- sen; es decir, se incorpora al derecho in- terno la norma internacional como tal, reconociéndola como una fuente más del derecho interno. En el caso de Es- paña, solamente requiere para su en- trada en vigor su publicación en el BOE. Por tanto, para la elaboración, del plan de formación se atenderá jerárqui- camente a lo expuesto en las leyes y le- gislaciones aplicables según el sigui- ente orden de prelación estructurados en las formaciones AVSEC*. S dole. Un ejemplo relacionado con la distribución: pongamos que la no de- tección de un explosivo por falta de capacidad en un área A llega a un des- tino B, y en éste último a su vez llega otro paquete con explosivos de un área C tampoco detectados, y poste- riormente, junto con otros elementos explosivos de un área D no descubier- tos, hiciesen que una célula terrorista X protagonizase una gran acción terro- rista en la zona E. Dicha formación debe ser impar- tida por formadores AVSEC ( Aviation Security ), Grupo A2, específicamente para el área de Seguridad Privada. Estas formaciones contemplan las siguientes certificaciones: ¡ C.1 Seguridad Aeroportuaria. ¡ C.2 Radioscopia para pasajeros y equi- pajes. Algunos estudios tratan la preocu- pación de la seguridad desde los aten- tados del 11 de septiembre en Nueva York. Sin embargo, no es menos cierto que la importancia del conocimiento de una seguridad aplicada y efectiva se desarrolla desde que el individuo pasa a formar parte de una sociedad y se ve necesitado de usar recursos para su protección y establecer un orden social. Y como tal, en nuestros días se han pro- ducido sucesos de índole internacional que han hecho evolucionar los medios de seguridad con mayor rapidez que en otras épocas pasadas. Tengamos en cuenta que, en la ela- boración de este plan de formación, toda transgresión de los protocolos es- tablecidos puede suponer una ratifica- ción de la teoría de equivalencias infi- nitas solo dada por hechos de tal ín- En nuestros días se han producido sucesos que han hecho evolucionar los medios de seguridad con mayor rapidez que en otras épocas pasadas. * Extracto del Programa Nacional de Seguridad de Aviación Civil 10/2012: “En cumplimiento del Reglamento (CE) número 300/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, por el que se establecen las normas comunes para la seguridad de la aviación civil y por el que se de- roga el Reglamento (CE) número 2320/2002, se declara pública la parte del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil que afecta direc- tamente a los pasajeros y aquélla que, en el ámbito interno, constituya aplicación de las medidas comunes de seguridad aérea que no tienen carác- ter de información clasificada de la UE de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) número 185/2010 de la Comisión, de 4 de marzo de 2010, por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea, procediéndose a su publi- cación en el anexo”.
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