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42 SEGURITECNIA Diciembre 2013 III Jornada de Seguridad Privada en Cataluña traban en la norma que regula el sector. Uno de ellos es la videovigilancia, “que en España estaba pendiente desde la Ley Orgánica de 1997”. Por otro lado, se detuvo en el artículo 15 del Proyecto –sobre acceso a la in- formación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS) –, considerado espe- cialmente importante en relación con la protección de datos personales. Esta disposición autoriza “la cesión de da- tos que se consideren necesarios para salvaguardar la seguridad ciudadana, así como el acceso de las FCS a los sis- temas instalados que permitan la com- probación de informaciones en tiempo real, cuando sea necesario para la pre- vención de un peligro”. También se refirió al artículo 41.3, que permitirá, en cooperación y bajo mando de las FCS competentes, “la participa- ción [de empresas de seguridad] en la prestación de servicios encomenda- dos a la Seguridad Pública, complemen- tando la acción policial”. Artículos por ver El presidente de la SEDS también se re- firió a algunas cuestiones que según su opinión podrían matizarse o variar. Por ejemplo, la liberalización de la activi- dad de planificación, consultoría y ase- soramiento en seguridad. Según Muñoz Usano, aunque en la norma se argu- menta que esta función no afecta a la seguridad pública, “desde el punto de vista legal y de la litigiosidad de los si- niestros, los planes de seguridad tienen cada vez más relación con ella”. En cuanto al artículo 31, referido a la protección jurídica de agente de la au- toridad, el presidente de la SEDS sos- tuvo que “no dice para nada que el per- sonal [de seguridad] tenga ni el carácter ni la condición de agente de la autori- dad. De lo que habla es de las agresio- nes y desobediencias que se comentan contra él”. Por ello, opina que esta dis- posición “debe ir más allá”. Finalmente, aludió al artículo 38.5, que trata la externalización de los directores de Seguridad. Para Muñoz Usano, con la redacción actual “parece que los úni- cos directores de Seguridad que tendrán que pertenecer a la plantilla de las em- presas a las que sirven serán los que tra- bajan en las propias compañías de segu- ridad o en entidades obligadas”. Para el presidente de la SEDS, el director debe ser miembro de la organización, “en to- dos los supuestos”, por motivos de ca- rácter laboral, así como de responsabili- dad civil. En ese sentido se preguntó: “Si el responsable de Seguridad es externo y comete un error o negligencia, ¿quién cubre su responsabilidad civil?”. F rancisco Muñoz Usano, presi- dente de la Sociedad Española de Derecho de la Seguridad (SEDS), ofreció un análisis pormenori- zado del Proyecto de Ley de Seguridad Privada, que desde su punto de vista “está muy bien hecho, en comparación con otras iniciativas parlamentarias”. Entre los aspectos más destacados, Muñoz Usano observó que ya desde la exposición de motivos “se reconoce a la seguridad privada como verdadero ac- tor de las políticas globales y nacionales de la seguridad”. Además, apuntó que la futura norma “tiende a una mayor com- plementariedad y menos a la subordi- nación” que la ley vigente. En esa línea, el presidente de la SEDS puso el acento en que el texto “permite los flujos de información entre seguridad pública y privada con el fin de mejorar la operatividad de los servicios, siempre en orden a la Seguridad Pública”. Desde el punto de vista de este ex- perto en Derecho de la Seguridad, otra facultad del Proyecto es que es “muy cla- rificador con los conceptos que utiliza”. Considera que esto es especialmente im- portante de cara a resolver las dudas que puedan surgir en un proceso judicial. Para Muñoz Usano, el Proyecto de Ley es además “valiente” en cuanto que re- suelve aspectos que hasta ahora no en- Francico Muñoz Usano / Presidente de la Sociedad Española de Derecho de la Seguridad Aunque el contenido definitivo de la nueva Ley de Seguri- dad Privada no se conocerá con exactitud hasta su aproba- ción en trámite parlamentario, el sector ya conoce cuáles serán las bases de la norma. Francisco Muñoz Usano, uno de los mayores expertos en Derecho de la seguridad pri- vada, destacó los aspectos más “valientes” de la iniciativa legal, así como los que aún no convencen del todo. Proyecto de Ley de Seguridad Privada: una norma “valiente”
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