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38 SEGURITECNIA Abril 2014 Seguridad Corporativa ▪ Instalación de sistemas de videovigilancia en todos los acce- sos de libre entrada o restringida. ▪ Disponer de un sistema comple- mentario de videovigilancia amplia que permita abarcar el espacio pú- blico en su interior. ▪ Considerar la posibilidad legal de cubrir el perimetral exterior en la zona próxima de influencia. ▪ Revisar y actualizar el plan general actual contraincendios. ▪ Creación del oportuno Centro de Control que permita grabar imá- genes y la recepción de señales de alarma. ▪ Mantener el servicio de Vigilantes de Seguridad. ▪ Instalar detectoresmagnéticos para detectar posibles intrusiones. Conclusión El Cabildo Metropolitano ha reac- cionado al atentado terrorista refor- zando adecuadamente los dispositi- vos y medidas de seguridad existen- tes para lo que se está procediendo a implementar la propuesta de la Bri- gada Provincial de Seguridad Ciuda- dana tendente a impedir o disuadir la comisión de acciones tendentes a provocar daños en el patrimonio y/o a las personas y que permitan, en su caso, facilitar posteriores acciones in- vestigativas, en caso de ocurrir cual- quier hecho con características de- lictivas. S logo de actividades en su apartado 2.g para centros o instalaciones con aforos superiores a 2.000 personas la posibilidad de que fuese obligada la existenciadel PlandeAutoprotección. Por todo lo anterior se ha conside- rado conveniente implementar un sis- tema de seguridad que considerando las especiales características tanto de la Basílica del Pilar, como de la Cate- dral de La Seo, templos bajo la res- ponsabilidad del Cabildo, fundamen- talmente dedicadas al culto por un lado y el indudable interés turístico por otro, se obtenga un adecuado equilibrio entre seguridad y libertad de movimientos para los numerosos visitantes, almenos, en lo referido a las zonas comunes de libre tránsito, que sonobviamente las demayor riesgo. El objeto de las medidas de seguri- dad a aplicar tienden, cuando menos, a dar respuesta a unos mínimos re- querimientos desde el punto de vista de la seguridad de las personas que visitan ambos recintos y la protección del patrimonio en lo referido tanto al continente, como al contenido. Las líneas generales del plan de se- guridad a llevar a cabo se concretan en las siguientes actuaciones: ▪ Confección de Planes de Autoprotección con la finalidad de prevenir y controlar riesgos sobre las personas y bienes, tratando de ga- rantizar una adecuada respuesta ante posibles situacionesdeemergencia. quitectónico de las edificaciones, a la gran afluencia de público que en ellas se congrega y al carácter emblemático que representan, lo que las convierten en infraestructuras críticas, a las que podrían serle de aplicación el artículo 112.1del Reglamentode Seguridad Pri- vada (R.D. 2364/94de9dediciembre). Este artículo establece que: Cuando la naturaleza o importancia de la ac- tividad económica que desarrollan las empresas, la concentración de sus clientes , el volumen de los fondos que manejan, el valor de los bienes muebles u objetos valiosos que po- sean o cualquier otra causa lo hicie- sen necesario, el Secretario de Es- tado de Interior para supuestos su- praprovinciales o los Delegados o Subdelegados del Gobierno podrán exigir a la empresa o entidad que adopte, conjunta o separadamente, los servicios o sistemas de seguridad siguientes: ▪ Creación del Departamento de Se- guridad ▪ Establecimiento del servicio de vigi- lantes de seguridad, con o sin arma, a cargo del personal integrado en empresas de seguridad. ▪ Instalación de dispositivos y sistemas de seguridad y protección. ▪ Conexión de los sistemas de segu- ridad con centrales de alarmas, aje- nas o propias, que deberán ajus- tarse en su funcionamiento a lo es- tablecido en los arts. 46, 48, y 49 y reunir los requisitos que se estable- cen en el apartado 6.2 del anexodel presente Reglamento, no pudiendo prestar servicios a terceros si las em- presas o entidades no están habili- tadas como empresas de seguridad. Se ha considerado lo establecido en el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y depen- dencias dedicadas a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. En concreto se tienemuy en cuenta el Anexo I de esta norma en el catá-
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