seguritecnia 412
44 SEGURITECNIA Octubre 2014 Control y Gestión de Alarmas como personal acreditado, la impor- tante labor que realiza un operador de seguridad. Por ello, estamos a la espera de que el Reglamento defina los crite- rios para acreditar al operador de se- guridad. Desde la publicación de la Or- den Ministerial en 2011, que establece los criterios para considerar una alarma confirmada, el operador goza de mayor seguridad a la hora de tramitar. Espere- mos que el futuro reglamento refrende estos criterios. Por el contrario, no podemos estar de acuerdo con el régimen sancionador que ha establecido la nueva Ley. Nos parece desproporcionado e injusto, ya que, de aplicarse, conllevaría la desapa- rición de muchas empresas, y no creo que ese sea el ánimo de la Administra- ción. 4. El Reglamento debe incluir y ha- cer referencia a la prestación de servi- cios como plataforma tecnológica para back up de sistemas informáticos, de ví- deo, domótica, control accesos, intru- sión Grado 1, así como cualquier otro sistema gestionado de forma remota por el cliente utilizando las infraestruc- turas de la CRA. Creemos que el futuro puede ir por este camino. También, deben limitarse muy bien cuáles son las obligaciones y responsa- bilidades de las empresas de seguridad y las de los usuarios. Parece que lo más fácil es arremeter contra las empresas en el cumplimiento de dichas obliga- Las comunicaciones siguen siendo uno de los puntos débiles del sistema de seguridad y sólo la implementación de la comunicación IP cableada puede minimizarlo. Por último, creo que habría que dar mayor agilidad a la implantación de la administración electrónica de cara a las obligaciones que las CRA, en particu- lar, y las empresas de seguridad privada, en general, tenemos que cumplir: co- municaciones electrónicas de contratos mediante interfaces entre Segurpri y las aplicaciones informáticas de las empre- sas, los libros electrónicos y las notifica- ciones electrónicas. Todo ello recogido en el Proyecto Placer, encuadrado en el Plan Estratégico de Segurpri, que espe- remos vea la luz muy pronto. 2. Ahora todo se realiza por comuni- cación telefónica. Nos parecen muy in- teresantes los pasos que está dando la Unidad Central de Seguridad Privada para modernizar la comunicación de las alarmas mediante el procedimiento Proceda, que automatiza la notificación de alarmas. Se conseguirá mayor agi- lidad a la hora de interactuar entre las CRA y las FCS. No obstante, habrá que trabajar en la garantía de seguridad de dichas comunicaciones, para evitar pro- blemas de comunicaciones de alarmas y que no lleguen a su destino. 3. Estamos muy satisfechos de que se haya reconocido en la Ley, aunque Óscar Téllez Carbajo Director de Seguridad, RRII y Asesoría Jurídica de Stanley Security España “Es necesario desarrollar más los requisitos de acceso a la figura de operador de CRA” 1. El modelo de gestión y control de las alarmas por parte de las CRA se encuen- tra cada vez más ligado a la tecnología, por lo que una adecuación del parque de sistemas electrónicos de seguridad, no sólo a las novedades tecnológicas sino especialmente a la Orden Ministe- rial 316/2011 de 1 de febrero, supliría en gran parte los obstáculos con los que se encuentran las centrales receptoras a la hora de recibir y, sobre todo, ges- tionar y comunicar las señales o activa- ción de alarmas recibidas. Las empresas lo llevan ofertando desde hace ya varios años y los usuarios, dentro de sus posi- ciones, cuando en realidad corresponde a los clientes responder de ellas. Por último, en relación con los man- tenimientos remotos, sugerimos que sean consecuentes con la realidad del momento y no pidan cosas imposibles, ya que ellos ven el trabajo que pueden realizar las CRA. S
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MTI4MzQz