Seguritecnia 414
30 SEGURITECNIA Diciembre 2014 II I S eguridad P rivada C ongreso N acional de PROPUESTAS PARA EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA P ara el grupo de trabajo de Per- sonal la nueva Ley de Seguri- dad Privada merece “una valo- ración muy positiva”, al menos en lo que se refiere al personal, en tanto en cuanto “recoge varias de las aspiraciones que los profesionales del sector venían recla- mando en los últimos tiempos”, según explicó durante su intervención José An- tonio Martínez, presidente de la Aso- ciación Española de Directores de Segu- ridad (AEDS), en la mesa moderada por Vicente de la Cruz , presidente de la Aso- ciación Española de Escoltas (ASES), y Al- fonso Castaño , en representación de ASIS International-España. Sin embargo, este grupo de trabajo presentó una serie de propuestas para el futuro Reglamento con el fin de establecer los marcos de colabo- ración en relación con los servicios de seguridad privada. Partiendo de esta base, Martínez distinguió distintas cla- ses de propuestas en función del tipo de profesional de seguridad del que se hable en cada caso. En primer lugar, y respecto a la pro- tección jurídica de los agentes de la au- toridad, “sería conveniente definir con mayor claridad cuáles son las situacio- nes en las que el personal de seguridad privada actúa en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Se- guridad (FCS)”, puntualizó. En cuanto a los vigilantes de explo- sivos, la remisión reglamentaria de- berá ser de acuerdo a lo establecido en la actual regulación del Real Decreto 230/1998 por el que se aprueba el Re- glamento de Explosivos. Por otro lado, el Reglamento deberá equiparar con todas las garantías, se- gún explicó Martínez, los guardas rura- les autónomos y los integrados en em- presas de seguridad, “no dando lugar a situaciones de desigualdad de trato en- tre unos y otros”, añadió. El directivo también se detuvo en los jefes de seguridad respecto a su res- ponsabilidad sobre la custodia y tras- lado de armas y en relación a las prác- ticas de tiro. En este sentido, el Regla- mento debería prever “la posibilidad de que las galerías de tiro puedan tener sus propias armas y facultar a éstas para que oferten el alquiler de la galería con arma o sin ella”, apuntó. A continuación, y en relación a la exi- gencia de nombrar un director de se- guridad por parte de los usuarios, de- berá definirse el listado de instalaciones de sujetos obligados que deben dispo- ner de dicha figura. Martínez también abordó durante su exposición la figura de los detectives privados, los cuales no pueden investi- gar delitos perseguibles de oficio, pero “se entiende que no se debe denunciar inmeridamente ante la autoridad cual- quier hecho de esta naturaleza que lle- gara a su conocimiento, sino que se han de comunicar”, explicó. Finalmente, el directivo concluyó su intervención haciendo una referencia a Profesionales de seguridad privada: personal y formación Bajo este epígrafe se englobó durante el Congreso tanto el grupo de trabajo de Personal como el de Formación. Ambos valoraron acertadamente los artículos de la Ley que mejoran el trabajo y la preparación de los profesionales de la segu- ridad privada. Sin embargo, creen conveniente desarrollar reglamentariamente varios aspectos importantes. José Antonio Martínez en un momento durante su intervención en el congreso.
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