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de ey ave en c de ey ave enc 18 SEGURITECNIA Marzo 2015 dió que si algo deja claro la certificación exigible para prestar servicios a opera- dores críticos o estratégicos es que la misma “asegura que las empresas van a tener que cumplir, garantizándose así la calidad de la prestación”. Guardas rurales El desayuno de trabajo también sir- vió para sacar a la palestra la figura del guarda rural, “completamente nueva; por eso se le ha cambiado hasta el nom- bre. Ahora, lo que se pretende es de- sarrollar sus capacidades, adaptán- dolas a la realidad geográfica donde desempeña su labor”, comentó César Álvarez. Y respecto a la posibilidad de que los guardas rurales presten servicios de acuda –denominados “de verifica- ción y respuesta” en la nueva Ley–, cla- rificó que “por razones prácticas, y aten- diendo a las necesidades de seguridad en el ámbito rural, se ha decidido que los puedan hacer. Es algo que se concre- tará en el nuevo Reglamento”. Al solicitarle Santos Coronado una ma- yor precisión, el coronel de la Guardia Ci- vil razonó que “habrá dos motivos por los que un guarda rural realice funcio- nes de verificación personal y respuesta: por un lado, cuando la protección de las instalaciones donde presta servicio sea competencia suya, y por otro, si una em- presa de seguridad no puede realizarlas con vigilantes porque no haya ninguno disponible; en este último supuesto, se podrá subcontratar al guarda rural”. tor Energía pueden existir operadores a los que no les afecte la Ley de Protec- ción de Infraestructuras Críticas, pero, en tanto que prestadores de servicios esenciales, necesitan ciertas garantías de calidad en su proveedor de seguri- dad privada”. Sin embargo, los invitados insistieron en la necesidad de que el Reglamento concrete y profundice en el artículo 19.4 de la Ley de Seguridad Privada en va- rios sentidos. Por un lado, señalaron que la norma aprobada el año pasado no aclara aspectos tales como cuál será la entidad certificadora, la duración de las certificaciones o qué mecanismos existirán para controlar a las entidades certificadoras. Y por otro lado, opina- ron que existe una enrome cantidad de instalaciones y servicios enmarca- dos en los doce sectores estratégicos que establece la Ley para la Protección de Infraestructuras Críticas, por lo que el Reglamento debería detallar y acotar el tipo de infraestructuras que requie- ren una certificación para prestar servi- cio en ellas. Llegados a este punto, Luis González Hidalgo anunció que FES, junto a la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad (Aproser), “ha elaborado el borrador de una norma para avanzar el contenido de la certificación”. “Tenemos claro que la misma debe basarse en un sistema de auditoría”, añadió. A modo de con- clusión, el secretario general de FES aña- Carlos Núñez Director de Seguridad de Aldeasa. Joaquín Collado Vicepresidente segundo de CEUSS “En la concepción de la nueva Ley todas las partes implicadas han podido opinar y aportar. Y eso no es muy normal en la legislación” “Las empresas y los usuarios somos los primeros que tenemos que llevar a cabo supervisiones para comprobar que el personal cumple correctamente el cometido que se le ha encargado”

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