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SEGURITECNIA Marzo 2015 21 de ey ave en c transporte y sus infraestructuras, la cer- tificación exigible para brindar protec- ción a infraestructuras críticas o estraté- gicas, la posibilidad de que los guardas rurales lleven a cabo labores de verifica- ción y respuesta o el acompañamiento y defensa de grupos de personas de- terminadas son cuestiones que, por lo visto en el “Enclave de Ley”, plantean dudas a empresas y usuarios y que se resolverán en un Reglamento que está en camino. ¿Cuándo estará listo? Bueno, ya saben: las cosas de palacio… A la espera del texto reglamenta- rio, lo que quedó de manifiesto, una vez más, en el encuentro organizado por Seguritecnia y patrocinado por Ca- sesa es que las relaciones público-pri- vadas atraviesan por un momento ex- celente. Tanto es así, como resumió Car- los Núñez, que en la concepción de la nueva Ley de Seguridad Privada “todas las partes implicadas han podido opinar y aportar. Y eso no es muy normal en la legislación. Que la sociedad civil contri- buya a dar forma a un texto normativo es algo muy importante”. S personas. El representante del Cuerpo Nacional de Policía precisó que el con- cepto de grupo “ha de estar limitado, tiene que tener un fin, y puede ser más o menos numeroso, desde un equipo de fútbol hasta un conjunto de indivi- duos que se desplaza de un hotel a un museo. En principio, son unidades de riesgo; y éste ha de justificarse para que el servicio sea autorizado”. Por último, el coronel de la Guardia Ci- vil matizó que la Ley se refiere a “grupos de personas determinadas”. “En su día se habló de atribuir la custodia de los hin- chas de fútbol a la seguridad privada, pero yo creo que ese no es el espíritu del artículo 43. Habrá que definirlo en el Re- glamento”, concluyó. Como habrá podido observar el lec- tor, tal y como sucedió en el III Con- greso Nacional de Seguridad Privada, se aludió al futuro Reglamento en to- dos los temas tratados en el desayuno de trabajo. Las distintas modalidades de los servicios discontinuos, la aplicación de la tecnología para controlarlos, la vi- gilancia y protección de los medios de forma, tendrán ante sí un abanico de po- sibilidades laborales”. Como broche a este apartado, Fran- cisco Blázquez puntualizó que en todo lo relativo a la formación es deseable la co- laboración entre el prestador del servicio y el usuario. “A través de la cooperación se benefician ambas partes. En el caso del proveedor, una mayor formación le permitirá alcanzar un grado de excelen- cia que podrá presentar a otras compa- ñías energéticas. Además, no debemos olvidar que ahora hay nuevas especia- lizaciones como la ciberseguridad. Por ello, sería positivo que cuando un estu- diante concluyese su formación secun- daria pudiese acceder a unos estudios estrechamente vinculados al mundo de la seguridad”. Grupos de personas En la recta final del animado “Enclave de Ley”, aunque el mismo ya se encon- traba en tiempo de descuento , José Ma- ría Vázquez solicitó a Anselmo Murillo y César Álvarez alguna concreción sobre los servicios de protección a grupos de Conclusiones sobre los nuevos servicios de seguridad en la Ley de Seguridad Privada Éstas son las conclusiones a las que llegaron los asistentes a nuestro segundo “en- clave de ley”, donde quedó de manifiesto que el futuro reglamento de seguridad pri- vada debería contemplar los siguientes aspectos: 1.- Plasmar distintas modalidades de vigilancia discontinua con el objetivo de no li- mitar el servicio y satisfacer la demanda de los usuarios. 2.- En relación al artículo 6 (actividades compatibles), definir claramente las fun- ciones del denominado “personal auxiliar análogo”. 3.- Aclarar aspectos relativos a la vigilancia y protección de los medios de trans- porte y sus infraestructuras. 4.- Concretar lo relacionado con la certificación exigible para prestar servicio en infraestructuras críticas o estratégicas y su renovación. 5.- Especificar la actuación, y tipo de contratación si fuese necesaria, de los guardas rurales en los servicios de verificación y respuesta. 6.- Precisar el término “grupo de personas determinadas” y el modo en que se presta- rán los servicios relativos a su acompañamiento, custodia, resguardo, defensa, etc. de ey ave en c

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