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de ey ave en c 68 SEGURITECNIA Abril 2015 de ey ave enc Esteban Gándara Comisario jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada del CNP. “La Ley erradica los despachos ‘ambulantes’. Este es un importante cambio. Se acabó el detective con el libro de registro a cuestas” sición toda la información y los instru- mentos que pudieran haber obtenido hasta ese momento”. Pero, ¿qué problemática plantea di- cho apartado? Para Eva Grueso, el quid de la cuestión es “sustituir el término denunciar por comunicar. Y si los de- tectives denuncian erróneamente, ¿ello puede ser motivo de responsabilidad civil o penal?”, se preguntó. Un interro- gante ampliado por Enrique Arranz: “Si el cliente no tiene obligación de denun- ciar, ¿por qué lo vamos a hacer noso- tros? Además, podrían distinguirse tipos de delito. No es lo mismo atentar contra la salud pública que un hurto interno o el mercadeo con alguna sustancia”. Por el contrario, José Pimentel opinó que el tema de las denuncias no da lu- gar a ninguna controversia. “Los detec- tives privados estamos acostumbrados a comunicar delitos. En mi caso, he lle- vado a cabo operaciones conjuntas con el Cuerpo Nacional de Policía y la Guar- dia Civil. Y esta relación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad debe basarse en la confianza. Si no es así, mal vamos”, puntualizó. Siempre paciente, y anotando en su libreta los argumentos planteados, Esteban Gándara razonó por qué la Ley dice “denuncia” y no “comunicación”. “Los detectives privados no sois los úni- cos obligados a denunciar. También es- tán los médicos, a los que las leyes no eximen de ese deber. Y como ellos, vo- sotros sois profesionales. Es importante el matiz. Por eso en la norma aparece el término “denunciar” y no “comunicar”. Y, lógicamente, no distingue entre tipos de delitos. El Reglamento hablará de ello para esclarecerlo y enmarcarlo”, anticipó. Información y datos Al salir a relucir las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los investigadores privados no dejaron pasar la oportunidad de es- cenificar su relación con quienes repre- sentan a la seguridad pública, haciendo especial hincapié en el intercambio de información, “muy interesante para los despachos de detectives”, según Juan Carlos Cabanach. Un tema que, en opi- nión de Eva Grueso, se ha de ampliar Un argumento refrendado por José Pimentel –“siempre he intentado ade- lantarme a una identificación”, desveló– pero no compartido por Francisco Igle- sias, quien reveló que en una pequeña población, al informar a la Guardia Civil de su presencia, “a los diez minutos te- nía una patrulla en la calle y al investi- gado esperándome”. Para zanjar la discusión, Esteban Gándara puso un ejemplo práctico. “Cuando se identifica a un abogado en relación con su labor, se le solicita su documentación profesional. Y si hay du- das sobre su identidad personal, se le pide el DNI. Esto es así y nadie puede considerarse un ser especial o impune. De lo contrario, se vulnerarían leyes superiores. Luego, habrá que ver si la identificación se puede protocolizar o realizarla de mejor manera”, reflexionó. Igualmente, para dar respuesta a Fran- cisco Iglesias, admitió la existencia de un teléfono centralizado, “una especie de 091 para la seguridad privada”. ¿Denuncia o comunicación? En el animado debate también salió a la palestra el cuarto apartado del artículo 37 de la Ley de Seguridad Privada: “Los detectives privados no podrán investi- gar delitos perseguibles de oficio, de- biendo denunciar inmediatamente ante la autoridad competente cualquier he- cho de esta naturaleza que llegara a su conocimiento, y poniendo a su dispo-

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