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80 SEGURITECNIA Abril 2015 Investigación Privada tituto de Criminología de la Univer- sidad Complutense de Madrid la im- plantación de una formación especí- fica para el acceso a la investigación privada mediante los estudios de di- plomado de criminología de las deno- minadas “de grado medio”. Es por ello que quien la realizaba obtenía la con- validación de los dos primeros cursos de detective privado y, al hacer un ter- cer curso, tenía la titulación de detec- tive privado, aunque la legislación del momento no exigía estos estudios. Asignaturas como “Teoría de la in- vestigación Privada”, “Sociología”, “Cri- minología”, en primer año, “Derecho Penal”, “Policía Científica”, “Psicología Criminal”, en el segundo, y los mono- gráficos especiales del tercer curso como “Prácticas de tiro” o “Medicina Legal”, han pasado a mejor vida. En el año 1992, se observó la nece- sidad de regular el acceso a la profe- sión y la incorporación del colectivo al ámbito de la Seguridad Privada, por lo que la Ley 23/1992 de 30 de ju- lio incluyó dicha figura en su texto. El desarrollo reglamentario de dicha ley, llevado a cabo a través del Real De- creto 2364/1994 de 9 de diciembre, rezaba lo siguiente: “estar en posesión de diploma de detective privado, re- conocido a estos efectos en la forma que se determine por Orden del Mi- nisterio del Interior y obtenido des- pués de cursar las enseñanzas pro- gramadas y de superar las correspon- dientes pruebas”. Los contenidos de dichos estudios se contemplaron en la Resolución de 19 de enero de 1996 de la Secretaría de Es- tado de Interior. Posteriormente, la Or- den INT/318/2011 de 1 de febrero so- bre personal de seguridad privada am- pliaba los contenidos formativos a un mínimo de tres años universitarios. Mo- dalidad que se mantiene en la actua- lidad a expensas de la aprobación del nuevo Reglamento de Seguridad Pri- vada. “Los estudios para la obtención del diploma de detective privado se programarán e impartirán en los insti- tutos de criminología o en otros cen- tros oficiales adecuados y habilitados por el Ministerio de Educación, de- biendo incluir, en todo caso, las mate- rias que determine el Ministerio del In- terior, y comprenderán, como mínimo, 1.800 horas lectivas, desarrolladas, al menos, durante tres cursos lectivos”. Enseñanza actual El detective, como todo en la socie- dad, crece, avanza y se actualiza. Las formas de investigación progresan tal y como se desarrolla la humanidad. Aquella formación no era ya en su mo- E s necesario iniciar este artículo con un acercamiento a lo que ha sido la formación del detec- tive privado a lo largo de los años para, posteriormente, analizar la formación actual y lo que supone para el sector el paso de los estudios de investigación privada a grado. Sabemos que los detectives privados procedían del antiguo Ministerio de Gobernación y, posteriormente, de In- terior, que era quien entregaba las li- cencias para el desarrollo de la profe- sión a los policías en excedencia, in- vestigadores comerciales y personal de alguna manera adscrito a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. En la década de los ochenta, se pro- mulgó la Orden del Ministerio del Inte- rior de 20 de enero de 1981 que regu- laba la profesión del detective privado y, poco después, se dictó la orden de 30 de enero que otorgaba al Ins- Augusto Resa / Director general de la Escuela Europea de Ciencias de la Seguridad (EECS) La formación del detective es el origen de todo

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