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de ey ave en c SEGURITECNIA Mayo 2015 21 de ey ave enc Siguiendo el hilo conductor de esta conversación, César Álvarez matizó que está previsto que en el futuro Reglamento “se mejore la formación previa y se im ponga la obligatoriedad de una forma ción continua, con un número específico de horas”. Por último, añadió que el Re glamento introducirá como novedad que “cuando el aprendizaje se realice en una academia se admitirá la formación a dis tancia por ordenador e Internet, es decir, se permitirá la teleformación como for mación presencial”, reiteró el coronel de la Guardia Civil. Continuando con otras reflexiones que se hicieron a lo largo de este encuentro, la uniformidad del guarda rural fue otra de las cuestiones que salió sobre la pales tra. En este sentido, Agustín Esteban se ñaló la necesidad de que esta figura se diferencie de los guardas autonómicos y que haya una consonancia en la ves timenta de todos los guardas rurales, ya que, como introdujo este profesional en tono de humor “parecen un arcoiris” de bido a que no hay una homogeneidad en el atuendo. Por ello es necesario “hallar unos criterios lo más unificados posibles, estés donde estés”, recalcó. El último tema que se abordó en la mesa redonda fue el del arma reglamen taria que podrán llevar los guardas rura les. Sobre dicha cuestión, César Álvarez respondió que “en este momento la po sición que se está barajando es el arma larga rayada y la posibilidad de admitir el arma corta, pero sólo para determinados casos y que habrá que estudiarlos con an terioridad”, añadió. De esta manera se llegaba al final del cuarto “EnClave de Ley” donde quedó patente que la figura del guarda rural aporta mucho valor a la seguridad en el campo y que puede seguir dándoselo en el futuro Reglamento, pero sólo si sabe aprovechar y asimilar la experien cia, el conocimiento, las nuevas tecno logías, la evolución delictiva y las nue vas demandas sociales. S Un tema, que según César Álvarez, también es será preciso definir, por eso re saltó que “habrá un uniforme único para todos por igual”. En este caso, Raúl Beltrán mencionó, que a pesar de lo dicho, es ne cesario “respetar los derechos de imagen de la empresa de seguridad que tiene a guardas integrados en su compañía”. Un argumento compartido por el coronel de la Guardia Civil, quien indicó que “en el caso de que esté integrado en una com pañía, éste podrá llevar el distintivo de la entidad, pero no más grande que el del guarda y colocado en un determinado sitio de la uniformidad”. Por otra parte, “también podrá llevar las menciones ho noríficas que se le hayan concedido y se le permitirá el uso de la vestimenta para actos de promoción profesional”, argu mentó Álvarez. Conclusiones sobre Seguridad en el Ámbito Rural En el siguiente cuadro se reproducen las conclusiones a las que llegaron los asistentes al cuarto “EnClave de Ley”, en donde opinaron que el futuro Reglamento de Seguridad Privada debería contemplar los siguientes aspectos: Deberá definir claramente las obligaciones que se le exigirá al guarda rural autó- nomo del que está integrado en una empresa. El reglamento tendrá que establecer criterios claros para determinar las funcio- nes del guarda rural para distinguirlas de las que llevan a cabo los guardas auto- nómicos, con el objetivo de evitar que haya un solapamiento por parte de estos últi- mos en los ámbitos de actuación de los primeros. Establecer criterios objetivos por los que el guarda rural podrá realizar los servi- cios de verificación y respuesta (servicios de acuda). Especificar el tipo de formación específica y continuada de los guardas rurales. Definir el tipo de arma reglamentaria que los guardas rurales podrán portar. de ey ave en c La empresa de seguridad podrá subcontratar a un guarda rural autónomo, pero el autónomo no podrá subcontratar a otros para trabajos en los que él mismo no participe
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