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SEGURITECNIA Julio-Agosto 2015 41 Entrevista - ¿Y desde la perspectiva de APROSER? Cuando las empresas asociadas a APROSER toman decisiones, tienen que correlacionarlas con una multiplicidad de temas sectoriales pendientes de so- lución y alinearlas dentro de una estrate- gia global, por lo que su pregunta sería materialmente inabordable en todos sus matices en esta entrevista. Pero en cualquier caso, cuando ha- blamos de tomar decisiones que tienen que ver con realizar nuevas apuestas por el sector, tenemos presente que previa- mente debemos responder a algunas preguntas básicas, y que cada respuesta depende de las otras. La primera es si nuestras empresas están en este sector de paso o para quedarse. La segunda, si se está para hacer sector y generar re- sultados adecuados y estables o sim- plemente para hacer caja. Y la tercera, y ya ajustada a este tema en concreto re- ferido al nuevo convenio colectivo, si la apuesta que realizan hoy la medimos principalmente en términos de gasto o de inversión. En esta ocasión nos ha correspondido a APROSER asumir, todavía en mayor me- dida, el liderazgo patronal que determina el reconocimiento, por parte de todos los interlocutores presentes en la mesa de negociación del 80 por ciento de repre- sentatividad. Y hemos respondido cla- ramente a las tres preguntas de forma práctica con la firma del acuerdo. S ladí, concluye todo el proceso con una importante antelación, con las induda- bles ventajas de todo tipo que ello con- lleva, entre ellas poder diseñar adecua- damente los presupuestos de gastos e inversiones y la planificación táctica para el próximo ejercicio. A la vez, disponemos ahora de un pe- riodo suficiente para abordar, cara a la próxima negociación de 2017, otras ma- terias que, siendo muy importantes, nunca han podido ser tratadas además como urgentes, dado que la discusión de los aspectos económicos siempre ha consumido todo el tiempo disponible. Necesitamos ese tiempo para refor- mular el redactado del texto del con- venio, que ha ido quedando algo ob- soleto y deslavazado, para reflexionar sobre alguna rúbrica de coste, como la antigüedad, o sobre el tratamiento de algunas situaciones laborales, como la incapacidad temporal, así como otras materias más estructurales y propias de un sector tan intensivo, todavía, en mano de obra. Y no menos importante, desde el mismo momento de la muy próxima en- trada en vigor de este nuevo convenio colectivo, la reconsideración inmediata de algunas de las situaciones de preca- riedad laboral que ya está afectando a miles de trabajadores sin la cobertura de las condiciones laborales que asegura un convenio colectivo sectorial. de archivo, miles de horas de trabajo de- dicadas, y todavía hay procedimientos que tardarán más de dos años en sol- ventarse, esto es, más de 15 años y nin- gún beneficio claro para ninguna de las partes. Es muy español el comentario “lo me- jor es no hacer nada, hay cosas que se solucionan solas, y además suele salir más barato y sin esfuerzo alguno”. Pero a veces se confunde lo mejor con lo más fácil. Lo que sí suele ser cierto es que lo barato acaba saliendo caro. Es por ello que entendimos que el planteamiento marcado en la negocia- ción cerrada el pasado mes de octubre de 2014, que tan buenos resultados nos estaba proporcionando a todos, debe- ría valernos para la actual, partiendo de la renuncia empresarial a seguir litigando y evitando de esta forma un nuevo pro- ceso de judicialización muy similar al an- teriormente referenciado. - ¿Cuáles son las principales ventajas que conlleva el nuevo acuerdo sus- crito? Algunas ventajas se las detallé anterior- mente cuando me pidió que le descri- biera un escenario de desacuerdo, basta con eliminar una a una todas las desven- tajas que hubiera supuesto. Adicional- mente, las eminentemente intangibles (pero fácilmente cuantificables de querer hacerlo) que también le he ido referen- ciando a lo largo de la entrevista. En términos más tangibles puedo de- cirle que con el acuerdo recientemente alcanzado se sigue garantizando el cum- plimiento del convenio para 2015 en su componente salarial, esto es, el incre- mento ya experimentado en las tablas salariales. Por otra parte, son los interlo- cutores legitimados por la negociación colectiva los que redactan (y no un juez) el artículo derogado por la Audiencia Nacional referido a la forma de remune- ración de los periodos vacacionales. En tercer lugar, se abortan los procesos ju- diciales masivos al asumir las empresas el coste derivado de la sentencia, coste que se incorpora en 2016 junto con un incre- mento adicional ya negociado para ese mismo periodo. Y, tema para nada ba-

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