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SEGURITECNIA Julio-Agosto 2015 81 Protección contra incendios Medidas de protección A continuación, se describen las me- didas de protección pasiva contra in- cendios necesarias para la adecua- ción de las galerías de cables de la planta. Realización de la sectoriza- ción de las diferentes galerías de ca- bles mediante: Sectorización vertical mediante la realización de tabiques EI 120, se- llados de las instalaciones que atra- viesan el tabique, y colocación de Puerta EI² 90 en los accesos a las ga- lerías y dentro de las galerías cada mil metros. Adecuación de las salas colindantes, salas de control actuando sobre los puntos de comunicación entre sec- tores, mediante la realización de los sellados, tabique o techo resistente al fuego 120 minutos. Protección de los cables dentro de la galería mediante la aplicación de pintura de protección contra el fuego, focalizada en los puntos de mayor riesgo y criticidad de la insta- lación. Protección de empalmes en líneas de alta tensión, ya que son los pun- tos con riesgo de explosión y de ma- yor riesgo de inicio de incendio. En el Real Decreto 842/2013, de 31 de octubre, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus pro- piedades de reacción y de resisten- cia frente al fuego, en el punto 1.1-4 “Clases de reacción al fuego de los ca- bles eléctricos”, se muestra el cuadro de las características que deben tener los cables. Para evitar o minimizar el riesgo de propagación de un incendio a tra- vés de los cables eléctricos y garan- tizar unas mínimas condiciones de la galería para el acceso de los equipos de emergencia, se debe de tener en cuenta la protección de dichos cables según norma UNE EN 50266-2-2 ó -2- 3, y las características de emisión de humos y/o halógenos de los cables o de los revestimientos aplicados, se- gún normas UNE EN 61034 y 50267-2-1 respectivamente. Los empalmes en cables de alta tensión deberán protegerse adecua- damente con carcasas de seguridad, para minimizar el efecto devastador de una explosión provocada por un fallo en dicho empalme, proporcio- nando un grado de seguridad ade- cuado, evitando la posibilidad de la propagación de un incendio y permi- tiendo una deflagración confinada. La carcasa de protección deberá dis- poner de elevadas prestaciones mecá- nicas, sin ser de material ferromagné- tico y, por sus características internas, evitar la propagación del incendio ex- tinguiendo rápidamente la llama. En muchos casos se opta por la co- locación de elementos tipo mantas, que aunque disponen de un buen comportamiento no propagador, no tienen ninguna prestación mecánica. En caso de producirse una deflagra- ción, el elemento no manten- dría sus características, que- dando por tanto dicha protec- ción inutilizada. Además, este tipo de mantas evitan la disipa- ción de calor de los cables, lo que en muchos casos conlleva la pérdida de capacidad con- ductiva de los mismos. Teniendo en cuent a es- tos condicionantes, es conve- niente la protección mediante un dispositivo tipo PF 1030, produciendo una protección envolvente de material no fe- rromagnético, de altas presta- ciones mecánicas, que consi- gue deflagraciones confinadas, sin proyección de partículas, y evita la propagación del incen- dio iniciado tras la explosión. Dicho dispositivo ha sido ensayado según Norma UNE EN 50266-1:2001 “Aplicación de la llama” mediante quemador de propano; ensayo mecá- nico de tracción mediante aplicación uniaxial y ensayo de arco eléctrico . Se ha sometido el modelo PF 1030 a un fallo de empalme con valor de 10,8 KA, alimentación de 14,8 KV, po- tencia de 158 MVA y tensión nominal de 66KV durante un segundo, mante- niendo sus características. Las conclusiones son: Protección del habitáculo a 120 mi- nutos. Puertas de acceso a 90 minutos. Elementos que atraviesan el espacio confinado con una protección frente al fuego de 120 minutos (sellados, elementos de ventilación, etc.). Cables no propagadores, así como dis- positivo de protección de empalmes frente al efecto de la explosión produ- cida por fallo de los mismos. S En el Real Decreto 842/2013 se muestra el cuadro de las características que deben tener los cables
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