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97 SEGURITECNIA Julio-Agosto 2015 Protección contra incendios sos que algunas empresas cometen en contra de los intereses de los ciudadanos. Fruto de esta colaboración, la Dirección de Industria de la Comunidad de Madrid ha editado recientemente un documento que clarifica la exigencia de requisitos legales que deben cumplir las empresas que se dedi- quen a la PCI, así como los medios técnicos y humanos con que tienen que contar. El escrito se ha enviado a todas las empresas cen- sadas que han presentado solicitud de autorización o “declaración responsable” y se ha iniciado ya una campaña general de inspecciones a tales entidades para verificar el cumplimiento de los requisitos lega- les. Todo ello en aras del beneficio del ciudadano y del usuario, que no puede permitirse que una compañía sin medios ni capacitada legalmente lleve el manteni- miento de sus instalaciones. - ¿Qué mejoras cree que deben introducirse en el marco legal vigente para lograr una mejor protec- ción y prevención de incendios? El nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) está ya muy avanzado. El vi- gente data del año 1993 y se ha quedado obsoleto en varios apartados, sobre todo porque la sociedad avanza deprisa y más teniendo en cuenta la implan- tación de nuevos equipos por parte de los fabrican- tes. En este sentido, van apareciendo numerosas nor- mas UNE que no se aplican legalmente con carácter obligatorio, simplemente porque la Asociación Espa- ñola de Normalización y Certificación (AENOR) las ha ido publicando con posterioridad a la entrada en vigor de la citada norma de 1993. Al no referirse a sus dispo- siciones adicionales a esas normas posteriores, no son de obligado cumplimiento, sino simplemente reco- mendables. Además, el nuevo reglamento recoge todas las nor- mas UNE hasta ahora publicadas y las hace propias y obligatorias, lo cual va a suponer una gran mejora para el sector, dado que aparecerá más reglamentado. Por otro lado, en el nuevo reglamento, que ahora está en fase de informe en la Comisión Europea y que se estima sea publicado en el Boletín Oficial del Estado a finales de este año, se deja clara la exigen- cia de requisitos legales a aquellas empresas que ac- cedan al sector a través de “declaraciones responsa- bles”. Además, se prohíbe la subcontratación, otro ca- ballo de batalla en nuestra persecución del fraude y del intrusismo. Por último, también se observa en el nuevo regla- mento una delegación competencial hacia las comu- nidades autónomas en cuanto al desarrollo normativo de aspectos técnicos, algo que ha gustado en AMPI- MEX bastante. S
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