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24 SEGURITECNIA Septiembre 2015 Gestión del Fraude estructuras Críticas (CNPIC); y el coronel César Álvarez , en la que fue su última in- tervención en una jornada como jefe del Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil (SEPROSE). El presidente de la Sociedad de Estudios de Derecho de la Seguridad (SEDS), Francisco Muñoz Usano , moderó esta mesa que, aunque no despejó todas las dudas, sí avanzó in- teresantes aspectos y propuestas que con probabilidad aparecerán en el Re- glamento de Seguridad Privada. “Una sola seguridad” El comisario Gándara no desveló la in- cógnita, pero aseguró que el reglamento “está alumbrado”, si bien aún depende de las consideraciones de otros órga- nos de la Administración para salir ade- lante. Este profesional es un convencido de la necesidad de observar la seguridad desde un punto de vista holístico puesto que “seguridad sólo hay una, otra cosa es desde qué ángulo o especialidad se mire”. Esa filosofía ya queda patente en la nueva Ley de Seguridad Privada al consi- derar la seguridad informática como una actividad compatible. Anunció, eso sí, que el nuevo reglamento incluirá el tér- mino “ciberseguidad” y otros como “ser- vicios de ciberseguridad”, “ciberalarmas” o “cibermedidas”. El jefe de la UCSP explicó que la norma abordará la integralidad de la seguridad “a través de cuatro concep- tos que aparecen a lo largo de la nueva ley”. El primero de ellos es la “cultura de seguridad”, que “es el que va a expan- dir la idea de unicidad de la seguridad y va a construir el modelo”. “El articulado intenta decir que la cultura de seguri- dad es algo que tiene que insertarse en el ADN de una organización que quiera tener de verdad seguridad a través de su departamento”, añadió Gándara. El segundo concepto es el de “seguri- dad corporativa”, que de nuevo se con- templa en el reglamento “con carác- L a normativa española de se- guridad promulgada en los úl- timos años ha supuesto un fuerte impulso para la convergencia de la seguridad física y la lógica. Primero fue la Ley para la Protección de las In- fraestructuras Críticas y su reglamento de desarrollo, aprobados en 2011, y pos- teriormente la nueva Ley de Seguri- dad Privada, que vió la luz el año pa- sado. La conocida como “Ley PIC” repre- sentó una fuerte apuesta por el modelo de seguridad integral en las estructu- ras y servicios críticos en España. Por su parte, la ley que regula las actividades de seguridad privada incluye a la segu- ridad informática durante su articulado, lo que supone ya de por sí un hito res- pecto a la norma predecesora. Pero la pregunta en este momento es: ¿de qué manera se concretará el carácter inte- gral de la seguridad en el nuevo Regla- mento de Seguridad Privada? Para intentar aclarar la respuesta, el VII Encuentro de la Seguridad Integral (Seg2) acogió un panel dedicado a la normativa en el que participaron el co- misario Esteban Gándara , jefe de la Uni- dad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía (UCSP); José Ignacio Carabias , jefe de Área del centro Nacional para la Protección de las Infra- PANEL “SEGURIDAD INTEGRAL: INCIDENCIA DE LA NUEVA NORMATIVA” Una aproximación al nuevo Reglamento de Seguridad Privada Tras la aprobación de la Ley de Seguridad Privada, que incluye a la seguridad informática como “actividad compati- ble”, el sector está pendiente de conocer de qué forma se va a concretar esta especialidad en el nuevo reglamento de desarrollo. El panel “Seguridad integral: incidencia de la nueva normativa” sirvió para arrojar algo de luz sobre esta cuestión, que no se aclarará del todo hasta la aprobación de la norma. Esteban Gándara (Cuerpo Nacional de Policía).
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