seguritecnia 423
54 SEGURITECNIA Septiembre 2015 Crónica pongan mayores o nuevos riesgos para su salud, su continuidad de negocio, su protección y su seguridad o que pon- gan en peligro los objetivos estratégi- cos marcados por la compañía. En este sentido, la empresa debe tener previs- tos los recursos necesarios para respon- der ante cualquier emergencia. A este respecto, Javier Rosado , señaló la im- portancia de llevar a cabo la gestión de riesgos de una manera integrada, para que las amenazas sean percibidas de formar parte de este organismo, “ya que hoy en día es imprescindible con- tar con información independiente y fiable sobre cómo se encuentra la si- tuación de seguridad y de alertas de un país o tener información específica sobre una amenaza concreta”. Visión corporativa Los proyectos internacionales, los via- jeros frecuentes y los expatriados, pue- den encontrarse situaciones que su- Además, como indicó Hively, cada país suele tener un consejo nacional de OSAC en donde se intercambia in- formación local. También hay foros para profesionales según la catego- ría de la empresa o de la organización (aviación, transporte, energía, educa- ción, etc.). Todo ello con el propósito de intercambiar documentación espe- cífica sobre asuntos concretos. Por ello, el representante de la Embajada de Es- tados Unidos animó a los asistentes a Cada vez más trabajadores desempeñan su labor en en- tornos como complejos, marcados la inseguridad, a me- dida que crece el número de corporaciones que buscan allí oportunidades de negocio. Pero tanto si el lugar de destino es convulso como si es estable, por encima de todo las empresas tienen para con sus empleados un de- ber, el de protegerles. Un concepto que está recogido tanto en la legislación española como en la europea y que las corporaciones deben cuidar tanto si se trata de expatriados como si es de viajeros frecuentes. La asociada senior del Departamento Laboral del des- pacho de abogados Garrigues, Rosario Rodríguez de la Morena , recordó que el artículo 14 de la Ley de Preven- ción de Riesgos Laborales obliga a las empresas a pro- teger a sus empleados en el extranjero. “El empresario debe proteger al trabajador independientemente de si trabaja en España o en otro país”, afirmó. Para esta profesional, los principios fundamentales del deber de protección de los trabajadores son que “el des- plazamiento no puede significar un menoscabo de los estándares asegurados en España” y que “la Ley espa- ñola se aplicará sin perjuicio de las normas aplicables en el lugar de destino del trabajador”. Rodríguez de la Morena advirtió de la necesidad de prestar la atención debida a los viajes cortos de los tra- bajadores, que son más frecuentes que la presencia prolongada en otro país. “Lo más habitual, y a veces se olvida, son los desplazamientos de pocos días donde es verdad que no estás alerta para comprobar que se cum- plen las obligaciones”, sostuvo. Así, indicó que la Di- rectiva Europea 97/71 establece normas de seguridad laboral homogéneas dentro de la Unión que cubren “todo el desplazamiento”. Igualmente incidió en que la legislación europea obliga a las empresas a informar a los trabajadores de los riesgos en su lugar de trabajo. Asimismo, aseguro, “existen aspectos ajenos a la actividad laboral que tam- bién pueden ser considerados laborales, como por ejemplo que haya un conflicto en el país, fenómenos meteorológicos o enfermedades, además de los riesgos psicosociales”. Erin Coldsmithe , Regional Information Manager- Americas de International SOS, subrayó por su parte que el deber de protección no sólo representa una obli- gación para las empresas sino que también obliga al em- pleado a “actuar con prudencia” y “no tener un compor- tamiento que entrañe poner en peligro su integridad”. Desde el punto de vista de Coldsmithe lo fundamen- tal es conseguir que el negocio sea sostenible y hacer “lo correcto” por los empleados, ya que “prevenir es menos costoso que las consecuencias de responder a los problemas”. Para ello, las compañías han de estable- cer medidas que se centran en “planificar, implemen- tar y analizar”. Unas medidas que comienzan por evaluar el riesgo del lugar de estancia del trabajador y acaban con procedi- mientos de apoyo, pasando por el aseguramiento y la co- municación con al expatriado. “Los costes de no cumplir con el deber de protección son mucho mayores que los de implementar estas medidas”, avisó la representante de International SOS. Erin Coldsmith (International SOS) y Rosario Rodríguez de la Morena (Garrigues). El deber de proteger
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MTI4MzQz