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74 SEGURITECNIA Junio 2016 Artículo Técnico evaluaciones de riesgos penales. Se an- toja, más que recomendable, contar con un asesoramiento especializado externo en compliance . Como conclusión, tanto el cumpli- miento normativo como la Seguridad no son un simple formalismo. Son una cultura que debe trabajarse y asumirse desde la alta dirección de las compa- ñías para que, además de cumplir con la Ley, contribuya a alcanzar la excelen- cia de la compañía. La célebre frase cinematográfica “Que la fuerza te acompañe”, señor@s empresari@s, señor@s emplead@s, asociémosla, a: “Que la cultura com- pliance te acompañe”. Apliquémosla igualmente en nuestras vidas en su vertiente ética, frente a uno mismo y frente a los demás. Estaremos exentos de la responsabilidad de otro artículo 31 bis de un imaginario “Código de en- tes nocivos y socialmente contaminan- tes frente a los demás”. Al fin y al cabo, las empresas la forman personas, y por ello, las empresas son el espejo de la sociedad. Empecemos el mundo com- pliance desde nosotros mismos. S compliance officer, ir desechando su rol de “poli malo que nos viene a dar collejas”. Y encima “cuestan”... Deben verse, pues así es, como un activo de la empresa , el cual, actúa para evitar, y como previsor y repelente, no sé si lle- gar al término garante por sus implica- ciones, de las malas praxis , que a la pos- tre, terminan derivando, en algo que “cuesta” más en términos económi- cos y reputacionales. Y no olvidemos, claro, la responsabilidad penal. Existen datos ya en cuanto a que un programa de cumplimiento actúa, sin buscarlo, como un optimizador de recursos. Huelga decir, que toda optimización de recursos empresariales, aboca en una cuenta de pérdidas y ganancias salu- dable . Y fiable. Muy interesantes algunos aspectos de transcendencia reconocida allende de nuestras fronteras, como los canales de denuncia, los procedimientos de di- ligencia debida en la selección del per- sonal, códigos de conducta, éticos, po- líticas de cumplimiento … Para el sector de la seguridad pri- vada , con un marco normativo especí- fico, es altamente conveniente que las empresas proveedoras de seguridad privada y las empresas con depar- tamentos de Seguridad legalmente constituidos estén coordinados con el compliance officer en la elaboración de los risks assesstments , los mapas y un salvoconducto. De nuevo, ojo con los paracaídas, aunque obviamente su- marán en el “algoritmo jurídico” para determinar si estamos ante una em- presa con cultura compliance . En cuanto al órgano de compliance , a la Fiscalía le resulta cómodo que sea un órgano interno de la persona jurídica . No es más que para apuntalar la ne- cesidad de conocer la operativa intrín- seca de cada empresa. Ello no es óbice, incluso es muy recomendable, el ase- soramiento y consultoría externa de compliance de la que quisiera valerse. Incluso formar parte, o complementar, dicho agente asesor externo, al órgano responsable o formar parte del comité de compliance de la empresa. El ‘Compliance Officer’ Un Compliance Officer puede tratarse de un órgano unipersonal o cole- giado . Y sin lugar a duda alguna, di- cho órgano ha de disfrutar de inde- pendencia , y estar dotado de autono- mía , en su más extenso significado. Se aboga por un órgano relacional capaz de coordinarse e interactuar con otras funciones vinculadas con riesgos o control interno , factor clave a mi jui- cio, para la eficacia en un programa de cumplimiento normativo. Tras la circular, la tan fundamental como poco agradecida y afamada, de momento, figura de los responsables del cumplimiento normativo, léase, los CO (Compliance Officer ) o CCO (Chief Compliance Officer ), no hemos abierto una botella de algún líquido elemento para celebrar lo en ella inmiscuido, pues el régimen de responsabilidad que se deriva, es para tenerlo muy en cuenta, y ser conocedores da la posi- ción que se ocupa y que se desarrolla, y sus implicaciones, tanto para la em- presa, como para uno mismo. De ahí la más que conveniente prudencia y sen- tido común de asesorarse adecuada- mente por profesionales realmente for- mados y titulados en compliance antes de situarse en primera línea de batalla. Deben los órganos de gobierno de las empresas, por su bien y por su su- pervivencia, respecto de la figura del SEGURLEX S E G U R L E X C O N S U L T O R E S & C O M P L I A N C E A B O G A D O S
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