Seguritecnia 445

SEGURITECNIA Septiembre 2017 17 Seguridad Privada en Cataluña una norma ni es de obligado cumpli- miento, sino todo lo contrario, rige la voluntariedad de adherirse al mismo. No es menos cier to que todo em- peño, todo apoyo, toda iniciativa que tienda, como ésta, a la dignificación del sector, que tienda a un mayor re- conocimiento de la seguridad pri - vada, que tienda a una apuesta por la calidad, es bienvenida y apoyada por la asociación. Principios éticos Estamos pues ante un documento que recoge principios, transpira ética, des- prende valores, es decir, todos aque- llos ítems que ayudan a que los servi- cios de seguridad privada sean algo más. No sólo hablamos de prestar ser- vicios de seguridad privada en cumpli- miento de la norma, sino que éstos se presten bien, que se hagan las cosas lo mejor posible. Un aspecto importante es que el Có- digo ha sido elaborado mediante un trabajo conjunto público-privado. Este tándem, que es una expresión efec- tiva de la colaboración a la que tanto alude la Ley de Seguridad Privada, ha comportado la aceptación y el apoyo del documento por parte del sector. Es cierto, y bien está decirlo, que de- bemos agradecer el interés que el De- partamento de Interior de la Generali- tat mostró en su día en la elaboración del Código, apostando por la dignifi- cación del sector de la seguridad pri- vada y liderando este proyecto como muestra palpable de su apuesta deci- dida por el sector. Sin este apoyo y sin este liderazgo por parte de la Adminis- tración, difícilmente hubiera llegado a buen puerto. En este sentido, actualmente tene- mos un documento que recoge 15 principios éticos, 15 principios que contribuyen a que los prestadores de seguridad privada y los usuarios a los que se dirige tengan, en el desempeño de sus actividades y/o funciones, una conducta ejemplar. El primer principio que recoge el Có- digo de Buenas Prácticas es suficiente- mente representativo del resto de su contenido. Concretamente establece: “colaborar en la erradicación de prác- ticas empresariales intrusivas”. Y preci- samente llegados a este punto, tene- mos que retomar lo dicho al principio. ¿Cuál es el concepto de intrusismo del que debemos partir? La respuesta es la misma: un concepto amplio, es de- cir, empresas que ofrecen y/o reali- zan actividades para las que no están autorizadas, compañías que no son de seguridad privada que ofrecen y/o realizan actividades de seguridad pri- vada, personal de seguridad privada que realiza funciones para las que no está habilitado, personal que no es de seguridad privada que realiza funcio- nes de seguridad privada y empresas de seguridad privada que, pese a de- sarrollar las actividades para las que están autorizadas y con personal habi- litado, “no siguen las reglas del juego”, es decir, las coloquialmente llamadas “empresas piratas”. No nos dice el Código que no de- ben darse dichas situaciones descri- tas, porque para ello ya basta con la Ley de Seguridad Privada, sino que va más allá. Establece que aquellos que se adhieran deben ir más lejos, de- ben colaborar en la erradicación de dichas prácticas. Es decir, no sólo no deben incurrir en ellas, sino que de- berán colaborar en su erradicación y, por ejemplo, entre otras pautas, de- ben denunciarlas. Ésta es la razón del ser del Código de Buenas Prácticas. No reproducire- mos su contenido porque ya ha sido publicado y, por lo tanto, es conocido, pero sí queremos remarcar ese plus que se recoge en el documento y que será el que deberán cumplir las organi- zaciones que se adhieran. Finalidad La finalidad del Código es clara: el com- promiso de quien se adhiera al mismo con la calidad, con la ética, con el buen hacer, con la responsabilidad social cor- porativa, con el respeto a la diversidad, con la formación, con la transparencia, con la publicidad cierta, con el aseso- ramiento leal al cliente, con la cualifica- ción profesional, con la confidencialidad y, en definitiva, con la dignificación del sector. Son pocas líneas, pero su alcance es tan amplio que parece casi imposi- ble que en un solo documento se con- templen todos estos aspectos que de- ben ser la base de los servicios de segu- ridad privada. En conclusión, desde la asociación creemos que este proyecto es posi- tivo y, tomando como ejemplo el Có- digo de Buenas Prácticas en la contra- tación pública, que ya lleva varios años de andadura, seguro que dará frutos y será ejemplo para otros sectores en los que la apuesta por la calidad y la digni- ficación del sector sea tan importante como para el nuestro. S

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