Seguritecnia 450

202 SEGURITECNIA Febrero 2018 Artículo Técnico miento a través de la regulación, y en la que el derecho deviene una importante maquinaria preventiva. Esta teoría se basa en tres elemen- tos, la regulación, el comportamiento y el entorno, cuya combinación permite transformar una sociedad prorriesgos en una sociedad prerriesgos (preventiva del riesgo). En cuanto al primer elemento, la re- gulación, es necesario que los poderes públicos competentes aprueben nor- mativas que posibiliten establecer pau- tas de comportamientos que preven- gan el riesgo y no sólo se limiten a cas- tigarlo. Deben imponer a los actores las conductas que ayuden a evitarlo. Junto con este catálogo de pautas re- gulatorias prerriesgo, la normativa tiene que establecer, a su vez, mecanismos de cumplimento y supervisión para que esas reglas no sean meramente un ca- tálogo de buenas intenciones y cuya inobservancia conlleve consecuencias. De ahí la importancia de respetarlas. Conforme velamos por el cumpli- miento de las normas se está produ- ciendo un cambio social. El respeto ma- yoritario de las mismas permite modi- ficar el entorno que nos rodea. Y es en este punto cuando entra en juego el se- gundo elemento, el comportamiento. Como bien destacan los profesores norteamericanos Cass R. Sunstein y Ri- chard H. Thaler, Premio Nobel de Eco- nomía 2017, en su libro Un pequeño empujón (Nudge): El impulso que nece- sitas para tomar las mejores decisiones en salud, dinero y felicidad , la presión del entorno condiciona el comporta- miento individual de tal manera que si en nuestra sociedad u organización es- tablecemos unas pautas de conducta y supervisamos que se lleven a cabo, el cumplimiento de las mismas se irá generalizando porque la presión del grupo ayudará a cambiar los compor- tamientos individuales que infrinjan di- chas actuaciones. Y con la prolifera- ción de esas conductas, transforma- remos de forma indirecta el entorno (el tercer elemento), convirtiéndolo en E n el número 442 del mes de mayo del año pasado de la re- vista Seguritecnia tuvimos la ocasión de leer diferentes y excelentes artículos sobre el compliance y sus con- secuencias prácticas, especialmente las jurídicas. En este texto nos gustaría poner de relieve otra visión del compliance o, como lo llamaríamos en nuestra lengua, el cumplimiento normativo. Como bien destacaba el Dr. Muñoz Usano, presidente de la Sociedad Espa- ñola de Estudios de Derecho de la Se- guridad, en el número referenciado, “el cumplimiento normativo no es nada nuevo, siempre ha existido, lo nuevo es la tendencia a observarlo y promo- verlo”. Efectivamente, el cumplimiento normativo, en sí mismo, no es ninguna primicia. De hecho, la gran mayoría de nuestras organizaciones llevan realizán- dolo desde sus orígenes. La novedad radica en la visualización de ese cum- plimiento. Una visualización que no es baladí porque permite tomar concien- cia de su importancia y de sus conse- cuencias. El compliance fomenta la cultura de la prevención y de la seguridad, no sólo a nivel organizacional, sino también a ni- vel social, como veremos más adelante. Maquinaria preventiva Antes me gustaría explicar un previo. Hace doce años, mientras investigaba para mi tesis doctoral, estudié diferen- tes mecanismos para prevenir los ries- gos, y entre ellos analicé el impacto del derecho para evitar determinadas con- ductas, concluyendo en una teoría (que expondré de forma sintética, evitando entrar en la complejidad de la misma) sobre la transformación del comporta- Dra. Montserrat Iglesias-Lucía Directora de la Escuela de Prevención y Seguridad Integral de la Universitat Autònoma de Barcelona Otra visión del ‘compliance’

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