Seguritecnia 450

30 SEGURITECNIA Febrero 2018 Entrevista tos del Sector Público, ni son casualidad ni han llovido del cielo, han supuesto un prolongado e importante esfuerzo. Ahora son piezas de un puzle que, en un contexto de inicio de la recupera- ción económica, contribuirán sin duda a la reducción del intrusismo y la com- petencia desleal en el sector. Lamentablemente, la ausencia del nuevo Reglamento de Seguridad Pri- vada ha impedido aprovechar íntegra- mente las potencialidades que abría la disposición adicional de la ley relativa a la cooperación administrativa en la lu- cha contra el fraude, todo ello al mar- gen de la activa y voluntarista contribu- ción de algunas autoridades estatales y autonómicas en su respectivo ámbito competencial. Y, especialmente, la ausencia de un desarrollo reglamentario del artículo 19.4 de la nueva ley ha impedido el ne- cesario incremento de las exigencias de calidad para las empresas de segu- ridad privada que operan en el ámbito de las infraestructuras críticas, lo que en una situación de continua alerta te- rrorista adquiere, si cabe, una mayor im- portancia. - ¿En qué sentido está perjudicando a las empresas el hecho de que aún no se haya aprobado un nuevo Regla- mento de Seguridad Privada? En la línea de lo que acabo de comen- tarle, entendemos que, entre otros efec- tos, está poniendo en cuestión que exista un verdadero interés en poten- ciar la lucha contra el fraude y el in- trusismo. Asimismo, paraliza la posible prestación de nuevos servicios deman- dados ampliamente por los ciudadanos y añade una innecesaria inseguridad ju- rídica al desempeño de todos los agen- tes relevantes del sector, ralentizando nuevas inversiones en el mismo y propi- ciando los estudios de costes de opor- tunidad al respecto de invertir en otros sectores y/o países. Además, puede haber servido de argumento para un lento desarrollo del nuevo sistema de formación profesional en el acceso a la profesión que enuncia la nueva Ley de Seguridad Privada. S sus ofertas como en la ejecución de las condiciones ofertadas. De igual manera, los usuarios tam- bién deben estar atentos a la solven- cia económica y financiera y a los re- sultados anuales de las empresas con las que deciden trabajar, quizás incluso como primer indicador que modele su expectativa de calidad esperada. Es en- tendible el papel jugado en los últimos años por las mesas de contratación y los directores de seguridad, es com- prensible el deterioro patrimonial ad- mitido y sufrido como mal menor para sortear los efectos devastadores de la reciente crisis económica, pero las me- didas excepcionales no deben conver- tirse en habituales, por mera definición, y parece que el momento del retorno a conductas empresariales aplicables para asegurar el medio y largo plazo ya ha llegado. No quiero obviar el tema respecto a la importancia que el cliente privado le asigna a la figura de la subrogación, y que relaciona de forma directamente proporcional a sus expectativas de cali- dad. Ni es una cuestión nueva, ni es un tema de fácil tratamiento, de ahí la an- tigüedad de una demanda que ha de- venido en una paradoja y que requerirá de un consenso entre todos los interlo- cutores afectados para dotarla de alter- nativas de solución. - Uno de los objetivos de la Ley de Se- guridad Privada es reducir el intru- sismo en esta actividad. ¿Cree que, casi cuatro años después de que se aprobara la norma, la situación ha mejorado al respecto? La firma del Convenio Colectivo secto- rial, el acuerdo liderado por el Ministerio de Fomento y la nueva Ley de Contra- tidades públicas. ¿De qué manera se podrían trasladar medidas similares a la contratación privada? Como le apuntaba previamente, más allá de los términos concretos del acuerdo relativo a las infraestructuras de trans- porte, lo importante es el cambio de fi- losofía. Poner de relieve la importancia de la calidad en la prestación de servi- cios de seguridad privada, plasmado en un peso relativo de este factor superior al factor precio, es un cambio trascen- dente que debe trasladarse al conjunto de la contratación de este tipo de servi- cios, sean estos públicos o privados. Y, cómo no, la exigencia del respeto del Convenio Colectivo como propia garantía para el usuario, sea este pú- blico o privado, es esencial para su pro- pio interés. Porque quien más sufre en última instancia las consecuencias con- ductuales derivadas de una situación de precariedad laboral de aquellos tra- bajadores sometidos a convenios de empresa o descuelgues salariales es el usuario de sus servicios, porque siem- pre va a ver mermada de alguna ma- nera, por motivos obvios, la calidad de los mismos. Que la contratación se lleve a cabo bajo parámetros de responsabilidad social corporativa es una exigencia de todos, de proveedores de servicios y de usuarios de los mismos, tanto pú- blicos como privados. Pero también es cierto que, dicho esto y si el precio deja de ser “lo único” para pasar a ser “algo muy importante”, las empresas proveedoras de servicios de seguridad deben estar muy atentas a las deman- das de calidad de los usuarios, enten- der sus nuevas necesidades y procurar la excelencia en la calidad del servicio como elemento diferenciador tanto en “Poner de relieve la importancia de la calidad sobre el precio es un cambio trascendente que debe trasladarse al conjunto de la contratación de servicios de seguridad, sean estos públicos o privados”

RkJQdWJsaXNoZXIy ODM4MTc1