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Congreso de Seguridad Privada en Castilla y León V evento SEGURITECNIA III Jornada de Seguridad en el Transporte Terrestre evento SEGURI ECNIA 73 SEGURITECNIA Junio 2018 Congreso de Seguridad Privada en Castilla y León V Evento SEGURITECNIA sional desarrolló la teoría de la “pirámide de la fuerza”, aplicada en este caso a la intervención del personal de la seguridad privada. Porque “el ordenamiento jurídico dice que el vigilante puede y debe utilizar la fuerza en caso necesario mientras desarrolla sus funciones en determinados casos”. Los principios generales a seguir, no obstante, son “la congruencia, la oportunidad, la proporcionalidad, la menor lesividad y la efectividad”. “Como norma ge- neral, la forma de resolver una situación es hacerlo según el triángulo de la fuerza, que tiene cinco es- calones, en función de lo que requiere el oponente”, explicó. Esos escalones van desde la mera presencia del vigilante como medida disuasoria hasta el uso de armas letales. Pero sin llegar a los extremos, el vigilante puede ir recurriendo a los diferentes escalones de la pirámide, que pasan por la comunicación verbal, el empleo de la fuerza o el uso de medios de “letalidad reducida”, como por ejemplo la defensa. En cualquier caso, el vigilante debe saber interpretar la situación para ac- tuar de una manera más o menos contundente. De lo contrario, advirtió Lucas Ramos, “el profesional que no se ajusta al escalón en el que debe actuar se en- frenta a sanciones que pueden ser leves, graves o muy graves”. Derecho penal De esas posibles consecuencias de una mala praxis por parte de los profesionales de la seguridad privada habló el profesor de Derecho Penal de la Universidad de Salamanca José Aróstegui . Antes de entrar en ma- teria, aclaró de inicio que su especialidad “no es una ciencia exacta” puesto que está sujeta a la interpreta- ción de los magistrados, por lo que “un mismo hecho con connotaciones penales puede llegar al umbral del delito o quedarse por debajo”. Dijo esto porque “cuando la seguridad privada se re- laciona con el derecho penal, no es ajena a esos pro- blemas interpretativos, lo que da lugar a innumera- bles situaciones controvertidas”. Una de ellas es la actuación de un vigilante cuando ostentan el recono- cimiento de agente de la autoridad en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que repre- senta una protección jurídica añadida, pero “también tiene como consecuencia negativa que, en determina- dos delitos que puedan cometer en el ejercicio de su trabajo, la pena puede verse incrementada por el he- cho de ostentar la condición de agente de la autori- dad en el momento de la comisión del delito”. Es decir, que se trata de una protección jurídica, pero ante una mala praxis también implica una mayor responsabili- dad penal, señaló al término del congreso. S H A Z T E A M I G O Formarás parte de un proyecto al SERVICIO DE LA SEGURIDAD CONDICIONES ESPECIALES en jornadas profesionales y actividades formativas. BECAS y ACTIVIDADES GRATUITAS DESCUENTOS en manuales, libros y compilaciones Recepción de ESTUDIOS, INFORMES y BOLETINES Participación en ACTIVIDADES LÚDICAS DONATIVO ANUAL 60€ ENVÍANOS COMPLETA LA FICHA DE AMIGO www.fundacionborreda.org/cómo-colaborar/amigo/ +34 91 309 04 54 - [email protected] LAS FUERzAS qUE SE ASOCIAN PARA EL BIEN, NO SE SUMAN, SE MULTIPLICAN. Concepción Arenal

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