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SEGURITECNIA Septiembre 2018 97 Control y gestión de alarmas más de la gestión vía móvil se hubiese contratado la conexión con una cen- tral receptora de alarmas, esta se ha- bría puesto en contacto con el usuario y este habría dado un código de coac- ción a la misma, lo cual habría provo- cado que la CRA se hubiese puesto en contacto de inmediato con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Con todos estos datos y con el aná- lisis realizado creemos poder contes- tar a las preguntas que planteábamos al inicio de este artículo: ¿central re- ceptora de alarmas o aplicación mó- vil?, ¿complementarias o excluyentes? La respuesta es clara: son servicios com- plementarios, se pueden usar de ma- nera simultánea y el uso de ambos no hará otra cosa que reforzar nuestro sis- tema de seguridad. Pero si queremos garantizar el bienestar no podemos ba- sar nuestra alarma en el uso exclusivo de las aplicaciones móviles. En conclu- sión, el móvil y las respectivas aplicacio- nes tienen que tener un uso correcto y los usuarios no deben creer que el uso de estas garantiza la seguridad. El uso de aplicaciones móviles debe ser un complemento de la conexión a la central receptora de alarmas y su- pone un elemento más en la seguridad, lo cual es positivo porque de cuantos más elementos dispongamos más tran- quilos podremos estar. Hay que adap- tarse a los nuevos tiempos, en los que el mundo de la instalación y las recep- toras están en las nubes. Desde Cerca aprovechamos para agradecer la labor y las oportunida- des que da Seguritecnia a las empresas de seguridad y para reconocer la labor que lleva años realizando para mejorar nuestro sector. S y es posible que los usuarios, al no ser profesionales de seguridad, no dispon- gan de las herramientas necesarias para actuar de la manera más eficaz. Coacción Otro punto importante que apoya la contratación de una central receptora de alarmas –y desde Cerca conside- ramos que es el más importante– es cuando llegamos a casos de coacción, es decir, a momentos en los que el indi- viduo se encuentra en una situación de privación de su libertad. Pongamos el caso de que se produce un asalto en un local o en una vivienda en la que el in- dividuo está presente. Si solo dispone- mos de un sistema de monitorización por móvil, y como hemos dicho an- tes, la supervisión está exclusivamente a cargo del individuo, al estar en una si- tuación de coacción es imposible que este pueda actuar o ponerse en con- tacto con las Fuerzas y Cuerpos de Se- guridad del Estado. En este caso, si ade- quier fallo de la misma se detecta- ría de manera inmediata y permitiría que nuestra vivienda o local no pasara tiempo sin supervisión. Ahora vayamos con las app móviles. Inicialmente hay que aclarar que desde Cerca no estamos en contra del uso de estas aplicaciones debido a que nos pa- recen un buen complemento a los sis- temas de alarmas. Pero como vamos a ver y a justificar, consideramos que no garantizan la protección ni de la vi- vienda o local ni del individuo como elemento único de seguridad. Lo primero que nos encontramos en la lista de pros del uso de aplicaciones móviles es la ausencia de coste, por lo general, a la hora de usar las mismas. Otra de las ventajas es la comodidad para el cliente, quien puede monitorizar desde su teléfono móvil sus sistemas de seguridad. Pero llegamos al punto de las contras, en el que encontramos varias de ellas, empezando por que en el caso de que no exista conexión con la central recep- tora de alarmas la vigilancia pasa a ser responsabilidad total del usuario, con todo lo que eso implica; es decir, tene- mos que garantizar que donde estemos haya una conexión de calidad a Internet y una alta disponibilidad, puesto que se puede producir un salto de alarma a cualquier hora del día. Las casuísticas en un salto de alarma son muy variadas Aplicaciones móviles y CRA son y deben ser servicios complementarios, pues su combinación puede ayudar a mejorar los sistemas de seguridad

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