Seguritecnia 461

SEGURITECNIA Febrero 2019 15 Seguridad Privada en Cataluña gen los artículos 8 y 30 de la norma- tiva, ese otro “nuevo personal” al que hacemos referencia acaba actuando en el espacio público, realizando funcio- nes de vigilancia sin la formación ni los controles ni las obligaciones que recaen sobre los vigilantes de seguridad y los guardas rurales. Paralelamente, también se ha publi- cado el éxito de operaciones llevadas a cabo de forma conjunta entre Poli- cía Local y vigilantes de seguridad, con- cretamente en actuaciones contra el ‘top manta’, en las que la seguridad pú- blica y la seguridad privada trabajan de forma conjunta, rigiendo una abso- luta colaboración entre ambas, que ha dado unos resultados más que positi- vos. Esta iniciativa, que se está llevando a cabo en localidades costeras, es un claro ejemplo de que la seguridad pri- vada, bajo las instrucciones de la pú- blica, está perfectamente preparada para actuar en espacio público. Es más, tal y como reconoce la propia norma- tiva, se debe apostar “por su papel pre- ventivo (entiéndase el de la seguridad privada) en beneficio de la seguridad general”, aprovechando e integrando “funcionalmente todo su potencial in- formativo, de recursos humanos y de medios materiales, al servicio de la pro- tección y seguridad del conjunto de la ciudadanía, de forma compatible con el legítimo interés que persiguen las enti- dades privadas de seguridad”. La normativa también es clara en cuanto a la reserva que hace de las ac- tividades de seguridad privada, y esa debe ser nuestra bandera ante la Ad- ministración que, ya sea por descono- cimiento, ya será por motivo de cos- tes, intente eludir la aplicación de la Ley de Seguridad Privada creando figuras no reguladas, y a las que confiere fun- ciones que rozan y lindan a las propias del personal de seguridad privada, inva- diéndolas incluso en algunos casos. Nuevo protocolo Desde la asociación seguiremos tra- bajando para fortalecer el sector de la seguridad privada y en dicho ámbito nuestro compromiso es firme. Esta firmeza y apuesta por el sector nos lleva a dedicar unas pocas líneas (no por no ser importante, sino por haber sido recientemente anunciado, pero todavía no publicado en el DOGC en el momento de escribir este artí- culo) al Protocolo de seguridad contra las violencias sexuales en entornos de ocio, elaborado por la Generalidad de Cataluña. Concretamente, a raíz de esta lacra de nuestra sociedad que es la violen- cia sexual, que sufren mayoritariamente las mujeres, el Departamento de Inte- rior de la Generalidad de Cataluña puso en marcha un grupo de trabajo para la elaboración de un protocolo de se- guridad contra este problema, concre- tando en las agresiones que se produ- cen en entornos de ocio, ya sea público o privado. ACAES ha tenido el orgullo y la suerte de participar en dicho grupo de tra- bajo y, por tanto, de poder aportar todo aquello que la seguridad privada puede hacer para prevenir, detectar y reaccio- nar contra dichas actuaciones. El pro- tocolo, que no solo afecta a los vigi- lantes de seguridad que prestan servi- cios en espacios de ocio, es novedoso principalmente por dos cuestiones: por una parte, porque define conceptos que nos dan una visión más amplia de la agresión sexual, sin limitarla solo a lo tipificado penalmente; y por otra parte, por cuanto hace hincapié en el ámbito preventivo en el que la seguridad pri- vada tiene un papel relevante. No nos extenderemos más en este protocolo ya que podremos hacerlo cuando sea publicado en el DOGC, que será el momento de hacerlo; pero no podíamos dejar pasar esta oportuni- dad para hacer una breve referencia al mismo, ya que es una muestra de lo que la colaboración público-privada puede conseguir cuando aúna esfuer- zos y trabaja de forma conjunta. S El nuevo Protocolo contra las violencias sexuales de Cataluña hace hincapié en el ámbito preventivo, en el que la seguridad privada tiene un papel relevante

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