Seguritecnia 465

14 SEGURITECNIA Junio 2019 Entrevista ción General de la Guardia Civil, la cual, previo informe de la Comisión Intermi- nisterial de Armas y Explosivos, pudiera autorizar el empleo adicional o en sus- titución de otro tipo de armas, siempre que se aprecien motivos especiales que aconsejen su eventual utilización. También nos parece razonable la regu- lación que contiene el borrador de Re- glamento sometido a información y au- diencia pública, que amplía los supues- tos en los que las empresas de seguridad privada podrán disponer de armas de guerra; de modo que el Gobierno, en aquellos supuestos de vigilancia y pro- tección relacionados con la defensa na- cional, las infraestructuras críticas, los bu- ques mercantes, pesqueros o de trans- porte marítimo comercial, los convoyes de alto valor o los edificios sensibles, a propuesta conjunta de los ministros de Defensa y del Interior, podrá fijar por Orden los términos y condiciones para la tenencia, control, utilización y adquisición por parte de las empre- sas de seguridad privada de armas de guerra, así como las características de estas últimas. - La Guardia Civil puso en marcha hace años el Programa Coopera, de colaboración con la seguridad privada, así como el Programa Plus Ultra, de apoyo a las empresas que operan en el extranjero. ¿Qué opi- nión tiene del grado de desarrollo de estos programas? ¿Cree nece- sario incorporar alguna novedad que proporcione un impulso a la colaboración con la Guardia Civil? Creo que el Programa Coopera era una necesidad hace años, lo mismo que lo sigue siendo ahora. Ponerlo en marcha fue una labor ingente y guridad armados presten servicio a bordo de buques o va más allá? Por real decreto, la competencia para la elaboración y tramitación de las dispo- siciones de carácter general que afec- ten al Ministerio del Interior le corres- ponde a la Secretaría General Técnica del Departamento. No puedo por tanto aventurar cuál será la respuesta que fi- nalmente recaiga sobre estas cuestio- nes, que además afectan a otros depar- tamentos ministeriales, que pueden te- ner su propio criterio al respecto. En nuestra opinión, veríamos razona- ble que cuando la prestación de un ser- vicio de seguridad privada requiera, por su naturaleza o riesgos asociados, otro tipo o categoría de arma de fuego res- pecto a las asignadas reglamentaria- mente, la empresa de seguridad corres- pondiente pueda solicitarlo a la Direc- En última instancia, esto no deja de ser una opción política, puesto que la tramitación parlamentaria de una u otra alternativa es distinta. Por consiguiente, no me corresponde a mí entrar en ello. Sin embargo, sí puedo pronunciarme desde un punto de vista técnico en la necesidad de reformar el vigente regla- mento, superado ya ampliamente por los avances de la técnica y por una rea- lidad social que dista mucho de la de hace 25 años. Desde esta perspectiva técnica, puedo avanzar las principales propues- tas que ha formulado la Guardia Civil. Por un lado, implementar la Sede Electrónica para permitir la tramitación de 28 proce- dimientos electrónicos con las Interven- ciones de Armas y Explosivos, y así evitar desplazamientos y acortar plazos. En segundo lugar, se van a simplifi- car los procedimientos en cuanto a las licencias. Se pretende homogeneizar el plazo de validez de todas las licencias de armas de fuego a cinco años, inclui- das las licencias B de defensa personal y las F de tiro deportivo, que ahora se renuevan cada tres años. En el mismo sentido, está previsto visar estas licen- cias a los mayores de 67 años y cada tres años, en lugar de como hasta ahora que se visan cada dos años y a par- tir de los 60 años. E igualmente se prevé simplificar los trámites admi- nistrativos en la concesión de las li- cencias E (escopetas) y D (rifles), para que recaiga la competencia en el jefe de la comandancia, de modo que puedan eliminarse duplicidades de trámites y disparidades de crite- rio en la resolución. En tercer lugar, otra propuesta es eliminar las subastas de las armas depositadas. Esto se viene haciendo desde tiempo inmemorial, pero ya ha sido superado en fondo y forma por la realidad actual. - La norma ampliará los supuestos en los que las empresas de Segu- ridad Privada podrán disponer de armas de guerra. ¿Se trata única- mente de incluir en esta ley la po- sibilidad de que vigilantes de se- “Entre la ICAE y el SEPROSE existen campos comunes cuya integración introducirá claridad en las relaciones y la cooperación con la Seguridad Privada”

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