Seguritecnia 472
SEGURITECNIA Febrero 2020 93 Así opinan El impulso de la calidad y las buenas prácticas en los servi- cios formativos, la rendición de cuentas y el respeto a la nor- mativa aplicable, la especialización, la adaptación a las nue- vas tecnologías, la persecución del intrusismo y la vocación de servicio constituyen los objetivos fundamentales de los centros de formación asociados a Asefosp. Código ético El ejercicio de la actividad formativa de calidad no solo re- quiere el cumplimiento de la legalidad. Además, necesita una demostración de ética, ejemplaridad y honorabilidad en el desempeño. Nuestro código ético recoge normas de actua- ción que los centros de formación han de seguir en pro de la calidad de su actividad y de los derechos de todas las partes intervinientes en la misma. Todo centro de formación autori- zado por el Ministerio del Interior está definido por su integri- dad profesional y la cualificación de su personal. Principios generales Los centros de formación deben regir sus actuaciones, además de por el cumplimiento específico de la normativa de seguridad privada, por los siguientes principios generales en la formación previa y permanente: Defensa de los intereses éticos de los centros de formación del personal de seguridad privada. Calidad y prestigio de los servicios prestados. Respeto de la libre competencia y la ética empresarial. Garantía de cumplimiento de la normativa de seguridad privada. En lo relativo a las condiciones básicas del servicio, Asefosp establece los siguientes principios a los asociados: Comprobar y exigir que el profesorado cuenta con la acre- ditación requerida en la materia y el nivel formativo que se pretenda impartir mediante solicitud y entrega del certifi- cado expedido por el Ministerio de Interior. Supervisar el nivel académico de los profesores acreditados facilitando al alumno un canal de comunicación para que ex- ponga las orientaciones y recomendaciones precisas para ga- rantizar el buen éxito de la acción formativa, sea o no reglada. Suministrar al alumno una información suficiente y feha- ciente sobre las características del mismo. Facilitar a los alumnos un material de enseñanza suficiente y apropiado a las finalidades del curso tanto en la forma- ción previa como en la permanente. Formalizar la relación con el candidato o alumno a través de un contrato que incluye el manual o material que se le entrega. El contrato de prestación de servicios de formación se ajustará en sus cláusulas al contenido mínimo que se halle orientado al ámbito normativo de la seguridad pri- vada. Cumplimiento del deber de información frente al alumno a través de mención específica de: Denominación del centro asociado y su acreditación frente a la autoridad competente en materia de seguridad pri- vada y con expresión de su número de homologación en toda la documentación y publicidad que emita. Identificación de la persona física o jurídica titular o res- ponsable del centro. Relación de los cursos que se imparten y de los niveles o cargas lectivas. Procedimiento para tramitar y resolver las reclamaciones formuladas por los alumnos. El derecho de revocación o desistimiento, en su caso. Publicidad Por último, sobre la publicidad de los servicios de formación, deseamos resaltar los siguientes principios y reglas funda- mentales: La oferta, promoción y publicidad deberá ajustarse al prin- cipio de veracidad. El centro de formación no podrá utilizar denominaciones o expresiones que por su significado o por el idioma que se utilice puedan inducir a engaño o confusión sobre su na- turaleza o nacionalidad y la validez de las enseñanzas, los certificados y los diplomas. La oferta, promoción y publicidad del centro o de los ser- vicios no podrán inducir a error sobre la naturaleza y carac- terísticas del centro, los servicios que preste y las titulacio- nes, certificados y diplomas que expida. Los centros deberán exhibir su número de registro en el Registro Nacional de Seguridad Privada como centro de formación acreditado. S Ética, ejemplaridad y honorabilidad, claves en la formación de seguridad privada José Manuel Alonso Presidente de la Asociación Estatal de Formación de Seguridad Privada (Asefosp)
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