Seguritecnia 480

38 SEGURITECNIA Noviembre 2020 Artículo Técnico C on las ventajas que proporcio- nan los entornos distribuidos en la nube, muchos sectores se han transformado hacia dicho modelo, y el de la videovigilancia no es una excep- ción. Pero, aunque desde un punto de vista tecnológico puede ser una ventaja, la videovigilancia tiene muchas implica- ciones a nivel legal que hay que conside- rar para que pueda ser explotada en las situaciones más comprometidas. Por ejemplo, ¿pueden ser utilizadas las imágenes de las cámaras de vigilan- cia como prueba judicial? Según el artí- culo 26 del Código Penal, “se considera documento todo soporte material que exprese o incorpore datos, hechos o na- rraciones con eficacia probatoria o cual- quier otro tipo de relevancia jurídica.” Es decir, que las grabaciones de las cáma- ras de videovigilancia tienen la conside- ración de documento, ya que son pro- batorias y de relevancia jurídica. A su vez, para que la grabación tenga validez legal debe incorporarse al pro- ceso en su original, cumpliendo con los requisitos de autenticidad e integridad que ordena el artículo 230 de la Ley Or- gánica del Poder Judicial. Es decir, que para asegurar que no han sido modi- ficadas se deben disponer de los me- dios necesarios para garantizar la traza- bilidad e integridad de las grabaciones. Existen precedentes en los que el juez ha descartado como prueba una grabación al tener impresa una fecha y hora diferente a la de los hechos so- metidos a juicio. Es posible que una cá- mara de vídeo pierda su configuración de fecha y hora ante un corte del su- ministro eléctrico, que no se realice co- rrectamente el cambio de hora de ve- rano/invierno o que el operador que establece su configuración se equivo- que. Si ningún operador detecta esta anomalía en la configuración puede ocurrir que una grabación presentada como prueba para unos hechos acae- cidos el 2 de noviembre de 2020 a las 21:30 tenga impresa la fecha correcta pero una hora incorrecta, por ejemplo las 20:30. Del mismo modo, si en la gra- bación no aparece su fecha y hora ni es posible determinarla por otros medios, igualmente puede quedar desestimada. Igualmente, si el almacenamiento y custodia de las grabaciones se ven com- prometidos, pueden llegar a invalidarse como prueba o ser sometidas a un pro- ceso de peritaje que garantice que no han sido comprometidas ni alteradas. Además, hay que tener en cuenta que según la Ley Orgánica de Protec- ción de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y el Reglamento General de Protección de Datos, el ac- ceso a las grabaciones debe estar li- mitado al responsable del sistema. La Agencia Española de Protección de Da- tos ha publicado al respecto una guía sobre el uso de videocámaras. Si una grabación es difundida, vul- nera la intimidad y puede ser constitu- tiva de ilícito penal contemplado en el artículo 197.3 del Código Penal. Llegados a este punto, está claro que garantizar el cumplimiento de todos los requisitos necesarios para poder utilizar una grabación como prueba en un pro- ceso judicial no es algo trivial. Generación de grabaciones Gracias a la gran aceptación del IoT ( Internet of Things ) en los entornos domés- ticos, cada vez existen más dispositivos conectados a Internet capaces de trans- mitir información a un entorno cloud . Y como no podía ser de otra forma, entre estos dispositivos también se encuentran las cámaras de vídeo, de las cuales existe una enorme cantidad de fabricantes y modelos enfocados tanto al sector profe- sional como al público en general. Según las necesidades y el perfil del usuario al que vaya orientado, sería po- sible instalar desde una cámara con ca- pacidades de PTZ ( Pan, Tilt, Zoom ) con movimiento de 360 grados y zoom óp- José María Aguilera Sillero Arquitecto de Software d e Panoptico Los retos de la videovigilancia como servicio Garantizar el cumplimiento de todos los requisitos necesarios para poder utilizar una grabación como prueba en un proceso judicial no es algo trivial

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