Seguritecnia 492
/ Diciembre 2021 74 Entrevista Todo lo que sea investigación y todo lo que esté recogido en la Ley de Seguri- dad Privada, la cual regula al detective privado, es exclusivo y excluyente de la actividad del detective privado. Es decir, una persona que sea informática y que haga una investigación sin ser detective está haciendo algo ilegal, pues eso co- rresponde a los detectives. Otra cosa es que el detective se apoye en un servicio informático externo para aportar el resultado a su investigación, pero la investigación es una función ex- clusiva y excluyente, como dice nuestra Ley de Seguridad Privada. Al final llega- mos a lo mismo que antes, hay mucho desconocimiento. En torno a la posibilidad de participar en la investigación de delitos persegui- bles de oficio, que es otra de las reivin- dicaciones de los detectives, ¿han dado ustedes ya esa batalla por perdida? Todos tenemos nuestro punto de vista, pero realmente no es que no podamos participar. Es decir, si tienes una investi- gación y ves que es un delito perseguible de oficio tienes que comunicarlo inmedia- tamente y apartarte. Pero muchas veces, en ciertos delitos, las familias piden nues- tra ayuda y sí podemos participar. Por ejemplo, en los casos de desapariciones. No está reconocido que seamos una figura que pueda investigar, pero sí que se nos abre un cierta puerta para, siem- pre sin entorpecer la labor policial, poder hacer nuestros “pinitos”. Ministerio del Interior y hacerse con una licencia, la Tarjeta de Identificación Pro- fesional (TIP). Además, recientemente nos han asignado un número de registro de seguridad privada. La sociedad tiene que saber esto y tiene que estar orgullo- sa de que España tiene los detectives mejores formados de Europa. ¿Cómo pueden saber que están con- tratando a un detective homologado? Cuando vayan a solicitar los servicios de un detective, que le pidan su TIP y su nú- mero de registro de seguridad privada. Otro de los frentes que tienen abiertos los detectives es la investigación en la Red, pues hay profesionales que rei- vindican que este tipo de actividades corresponde en exclusiva a este colec- tivo. ¿Cómo valora que no solo los de- tectives investiguen los ciberdelitos? Lo hacen empresas y lo hacen asegura- doras, que envían en una primera batida a sus propios compañeros para ver, por ejemplo, si una persona está cumplien- do una baja o no. Hay un problema de formación y de desconocimiento. Sería fundamental, por ejemplo, que los juristas del Colegio de Abogados supieran cómo pueden contratar un detective y qué requisitos tienen que cumplir estos profesiona- les. Pero es que esto sucede incluso en Justicia, que es donde van nuestros informes. Llega una persona que es criminóloga, que ha hecho un informe de conducta, y lo aceptan como un in- forme de investigación de un detective. Esto no puede ser. Por ello, mucho trabajo de esta candi- datura irá encaminado a dar visibilidad a los detectives y que la sociedad sepa qué es un detective, cómo trabaja, qué requisitos debe cumplir y cuándo se le puede contratar. ¿Qué requisitos debe reunir un detecti- ve habilitado para ejercer? Un detective es un profesional que ha estudiado tres años universitarios, tras los cuales tiene que acreditarse por el “Los detectives no podemos estar regulados como una empresa de seguridad, nosotros somos autónomos o, como mucho, microempresas”
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