Seguritecnia 493
Así opinan La aprobación de un nuevo Reglamen- to es una prioridad desde la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Privada. Se han cumplido casi ocho años y siguen sin desarrollarse los numerosos artículos que dicha ley remite a un futuro Regla- mento. Es una situación anacrónica que incumple el mandato legislativo y gene- ra inseguridad jurídica. Por otro lado, es necesario realizar un enfoque estratégico del sector de la Se- guridad Privada, valorando si el modelo actual es satisfactorio para sus integran- tes o si hay que buscar uno nuevo. O si se opta por una posición ecléctica, man- teniendo parte del modelo actual, pero haciendo una revisión incorporando las mejoras que se estimen imprescindibles. En tercer lugar, en un entorno en cons- tante cambio, juegan un papel esencial para la seguridad la innovación, la tec- nología, las soluciones integradas, los perfiles profesionales, la formación, las destrezas tecnológicas, la Inteligencia Artificial, el análisis de datos, la ciberse- guridad y la digitalización, entre otros. Todo ello exige cada vez más competen- cias para coordinar el funcionamiento de los sistemas de seguridad de forma eficiente y alineados con la actividad de los clientes. Las prioridades mencionadas exigen también marcos normativos adecuados, que, dependiendo del orden en que se ejecuten, pueden afectar incluso a la propia Ley de Seguridad Privada. “Es necesario revisar el modelo de seguridad privada” L uis G abriel G onzález D irector de A sesoría y R elaciones I nstitucionales de ASECOPS ASECOPS Desde AEDS destacamos cómo priorida- des los siguientes tres puntos: Por un lado, generar un marco legis- lativo y jurídico que permita desarrollar nuestra praxis profesional mediante la elaboración de una nueva Ley de Segu- ridad Privada. Tras casi ocho años, las modificaciones legislativas en diversas materias como protección de datos, servicios esenciales, etcétera, hacen ne- cesaria la adaptación y actualización de la ley que regula este sector. Al menos, hace falta la publicación de un nuevo Reglamento de Seguridad Privada, para cuya elaboración y actualización nos po- nemos nuevamente a disposición de la Administración. Por otro lado, es necesario que, de cara a la carrera profesional y la digni- ficación de la figura del director de Se- guridad en el ámbito empresarial, la for- mación mínima para el acceso a dicha profesión sea un grado o un postgrado, en función de la formación anterior. Y en tercer lugar, es prioritario el de- sarrollo claro de los criterios normativos para la creación de los Departamento de Seguridad obligatorios y la dimensión de los mismos, adecuada al riesgo a prote- ger. Es necesario fijar un criterio claro en cuanto a la forma de contratación de los directores de Seguridad que, a juicio de AEDS, ha de ser directamente por la com- pañía en la que presta su servicio, nunca a través de la empresa de seguridad que presta el servicio de vigilancia o sistemas. “Hay que actualizar la Ley de Seguridad Privada” E milio R aduán P residente de AEDS / Enero-Febrero 2022 37
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