Seguritecnia 497

/ Septiembre-Octubre 2022 54 Seguridad en centros hospitalarios cientes como para los profesionales, es uno de las más importantes. En distintos tipos de trastorno mental grave podemos encontrarnos con pa- cientes que deben enfrentarse a situa- ciones que superan sus recursos para afrontarlas, lo que puede hacer que padezcan una explosión conductual. Es- tas crisis pueden deberse a una falta de control de impulsos o de gestión de las emociones, dificultades para aceptar los límites, problemas en mostrar conductas prosociales, poca tolerancia a la frustra- ción e inmediatez, falta de habilidades para la planificación o dificultades en el aprendizaje por ensayo y error, etc. Sujeciones físicas Las sujeciones físicas consisten en la in- tervención terapéutica extrema mediante la aplicación de dispositivos restrictivos inmovilizadores para limitar la libertad de movimientos de un paciente y el ac- ceso a su propio cuerpo, en aras de su mayor seguridad y/o la de otros, personal sanitario incluido. Igual que la intubación de un paciente o la aplicación de un tra- tamiento endovenoso, la sujeción debe ser ejecutada por personal técnico del centro sanitario. El personal de seguri- dad debe colaborar en estas situaciones únicamente cuando se aprecie un riesgo cierto para prevenir daños en el propio paciente (autolesiones, autoagresivi- dad), los profesionales y otras personas (heteroagresividad) o daños físicos signi- ficativos en el servicio, las instalaciones y enseres que son de su protección (des- trucción de mobiliario, equipos diagnós- ticos o terapéuticos, etc.). Debemos tener en cuenta que la su- jeción física enfrenta, por un lado, al principio de autonomía (limitación de la libertad del paciente en contra de su voluntad) y, por otro, al principio de beneficencia (deseo bienintenciona- do sanitario de protección al paciente, a su entorno y autoprotección física y legal del personal cuando la propia se- guridad está comprometida). Además, la sujeción física de un paciente podría vulnerar un derecho fundamental de las personas como es el de la libertad. Tam- bién quedaría afectada una cualidad que debe tener todo ser humano como es la dignidad. Por ello, en este tipo de intervención por agitación psicomotriz se debe res- petar en todo momento la dignidad del paciente y limitarse al tiempo mínimo imprescindible. Formación Como conclusión, me gustaría seña- lar que una formación específica del personal de seguridad privada en este tipo de intervenciones ayuda a percibir activamente las diferencias entre un comportamiento violento y una agita- ción psicomotriz, así como los signos tempranos que nos permiten disminuir los riesgos de que el paciente se auto- lesione y de que el personal del centro sanitario sufra una agresión física du- rante una sujeción con una agitación psicomotriz, que en la mayor parte de casos no serían denunciadas. Si esta formación es conjunta con los profesionales del centro con los que pueden llevar a efecto una sujeción, esta tendrá un efecto multiplicador al poten- ciar la coordinación necesaria entre las personas que vayan a realizar esta ma- niobra, lo que mejorará las condiciones de su realización. Una formación específica de la seguridad privada ayuda a diferenciar un comportamiento violento de una agitación psicomotriz

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