Seguritecnia 503
/ Septiembre-Octubre 2023 20 Seguridad Portuaria D esde hace casi dos déca- das, se trabaja intensa- mente en la implantación de la normativa de protec- ción marítima en los puertos; una regu- lación que difiere esencialmente de otras que ya se aplicaban en estos nodos de las cadenas de transporte y de la logística en los que existe una componente marítima. El factor diferencial de la normativa referi- da puede encontrarse en el motivo de su desarrollo: no consiste en la protección frente a accidentes causados por facto- res de riesgo vinculados al manejo de las propias mercancías del tráfico marítimo o por las limitaciones de los equipos y la intervención humana en las operaciones, sino a las acciones intencionadas para causar daño a personas y bienes. Los puertos han tenido que hacer un esfuerzo extraordinario para disponer de una estructura organizativa contra este tipo particular de riesgos, denominados actos ilícitos deliberados (AID), de los cuales no se disponía de especial cono- cimiento y preparación. La Unión Europea aprobó el Reglamen- to (CE) 725/2004, de 31 de marzo de 2004, relativo a la mejora de la protección de los buques y de las instalaciones por- tuarias. Esta norma precisa la aplicación en el espacio de la Unión de lo dispuesto por la Organización Marítima Internacio- nal (OMI), en diciembre de 2002, en las enmiendas del Convenio SOLAS y del Có- digo Internacional para la Protección de los Buques y las Instalaciones Portuarias (Código PBIP); entre otras en el reglamen- to europeo se establecen como obligato- rios determinados contenidos que en la normativa de OMI son recomendaciones. Adicionalmente, mediante la Directiva 2005/65/CE, de 26 de octubre de 2005, sobre la mejora de la protección portua- ria, se prescribe la aplicación de la nor- mativa de protección a todo el espacio de los puertos donde exista alguna insta- lación (instalación IP 725) a la que le sea aplicable el mencionado reglamento. El Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen me- didas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo, traspone al ordenamiento jurídico espa- ñol la Directiva 2005/65CE. En este texto se designan las entidades y organismos competentes y se particulariza su aplica- ción en España, sentando así las bases de su desarrollo. Este proceso de adap- tación ha exigido una estrecha colabora- ción entre las partes implicadas. Dificultad de aplicación La experiencia acumulada en la imple- mentación de esta normativa, con sus revisiones periódicas en los casi 20 años transcurridos, ha permitido constatar la existencia de ciertos problemas que di- ficultan su aplicación práctica, así como determinadas insuficiencias en su conte- nido. Pueden mencionarse, entre otros, la compatibilidad e integración con otras normativas, la excesiva dilación de los trámites administrativos o la necesidad de mejorar la coordinación entre los ám- bitos de instalación/puerto y buque. El análisis de estos problemas pone de manifiesto la necesidad de trabajar en la Avances en la implementación de la protección portuaria J avier G esé A perte S ubdirector de S eguridad y P rotección de P uertos del E stado (MITMA) C elia T amarit de C astro J efa del Á rea de P rotección de P uertos del E stado (MITMA) M ateo V ara G onzález J efe de la D ivisión de P rotección de P uertos del E stado (MITMA)
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