Seguritecnia 508
/ Julio-Agosto 2024 24 Seguridad Corporativa recientes directivas europeas NIS, NIS 2, CER o el Reglamento Dora. Este protagonismo ha sido especial- mente abordado por el legislador, que ha entendido que la seguridad corpo- rativa es imprescindible para garantizar la seguridad y la continuidad de los de servicios clasificados como críticos o esenciales. En este empeño, la seguri- dad corporativa precisa, por tanto, del coprotagonismo de las empresas de seguridad privada, a través de la pres- tación de servicios de calidad basados en estándares exigibles, certificables y auditables. De hecho, ya tenemos algu- nos ejemplos en este sentido como la UNE- EN 17483 -1, que recoge la presta- ción de servicios de seguridad privada para la protección de infraestructuras críticas, si bien queda mucho por hacer todavía en este terreno. Otro aspecto decisivo para la pres- tación de servicios de calidad es la disponibilidad de medios humanos debidamente formados, cualificados e incentivados para ello. Se hace impres- cindible la reivindicación del personal de seguridad privada habilitado y acre- ditado en todas sus especialidades. Ciberseguridad No en vano, debido al vertiginoso avan- ce de las tecnologías de la información y las comunicaciones, los riesgos ciber- néticos suponen hoy en día gran parte de las amenazas y preocupaciones en nuestras empresas y por ende a ellos responden los mayores esfuerzos que la seguridad corporativa realiza hoy en día en pro de su protección. Lamentablemente, esa rapidez viene dificultando la regulación adecuada de la ciberseguridad en el marco normati- vo de la seguridad privada, tendiendo a disiparla en distintas áreas, provocando disfunciones y conflictos internos en las organizaciones empresariales. En este sentido, la Ley de Seguridad Privada (5/2014) ya tuvo en cuenta en su redacción esta circunstancia y se adelantó a su tiempo incorporando las actividades de seguridad informática. Prueba de ello es que son muchas las empresas de seguridad privada que se incorporaron a este viaje, en respuesta a las necesidades que muchos de los departamentos de seguridad corporati- va venían reclamando. No obstante, y a pesar del gran incre- mento de las amenazas en el entorno ciber, la realidad de nuestra seguridad corporativa en muchos casos sigue siendo dependiente del entorno físico y de la protección de los riesgos en la que habitualmente venimos colaboran- do desde las empresas de seguridad privada. Entorno colaborativo Sigue siendo imprescindible, por lo tan- to, la colaboración de la seguridad cor- porativa y las empresas de seguridad privada para seguir avanzando en la homogeneización de servicios de segu- ridad de calidad y en el establecimiento de estándares certificables que así lo evidencien tanto en el entorno físico como en el lógico. Asociaciones de uno y otro entorno deben intensificar la dignificación de un sector cada vez menos atractivo por el enfoque anticuado de la prestación de servicios tradicionales, en el entor- no físico, desde donde de manera muy generalizada siempre se ha buscado el abaratamiento de estos servicios y la reducción del gasto asociado a este concepto. Es necesario, por tanto, seguir apos- tando por una renovada colaboración entre los dos grandes coprotagonistas de la seguridad civil en aras de un ma- yor apoyo para disponer de servicios de calidad que, sin obviar la importancia del precio, se centren en reducción del riesgo abandonando el objetivo princi- pal de la reducción del gasto.
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