Seguritecnia 508
Protección contra Incendios de dos reglamentos: el Reglamento de seguridad contra incendios en esta- blecimientos Industriales (RSCIEI), en el que se recogen todos los equipos, sistemas y componentes de PCI que se deben instalar, y el Reglamento de insta- laciones de protección contra incendios (RIPCI), que señala los requisitos de las empresas instaladoras y mantenedoras, así como los requerimientos técnicos a cumplir por los sistemas o equipos. Es importante señalar que las empresas que hagan los trabajos de instalación y mantenimiento de estos equipos deben estar habilitadas por la Consejería de la comunidad autónoma correspondiente. Recomendaciones Algunos de los equipos que señala la le- gislación son: Sistemas automáticos de detección de incendio . Se instalarán cuando en los sectores de incendio se desarrollen actividades de producción, montaje u otras distintas al almacenamiento. Sistemas de hidrantes exteriores . En función del tipo de establecimiento industrial, la superficie construida del sector de incendio y el nivel de riesgo intrínseco de este. Extintores de incendio . Se instalarán en todos los sectores de incendio. Sistemas de bocas de incendio equi- padas (BIE) . Según riesgo y superfi- cie. Sistemas de columna seca . Se ins- talarán si la industria de reciclado de automóviles es de riesgo intrínseco medio y su altura de evacuación es de 15 metros o superior. Sistemas de rociadores automáticos de agua . Se instalarán cuando en los sectores de incendio se desarrollen: a) Actividades de producción, mon- tajes, u otras distintas al almacena- miento. b) Actividades de almacenamiento. Sistemas de agua pulverizada . Serán obligatorios cuando por la configura- ción, contenido, proceso y ubicación del riesgo sea necesario refrigerar partes de este para asegurar la esta- bilidad de su estructura, evitando los efectos del calor de radiación emitido por otro riesgo cercano. Sistemas de espuma física . Se insta- larán en aquellos sectores de incendio de acuerdo con las disposiciones vi- gentes sectoriales o específicas. Sistemas de extinción por polvo . Se- rán exigidos de acuerdo con las dis- posiciones vigentes que regulan la PCI en actividades industriales sectoriales o específicas. Sistemas de extinción por agentes extintores gaseosos . Se instalarán cuando: a) Sea preceptiva su instalación. b) Constituyan recintos donde se ubi- quen centros de cálculo, bancos de datos, equipos electrónicos de cen- tros de control o medida y análogos, de superficie superior a 100 metros cuadrados. Señalización luminiscente . Se proce- derá a la señalización de las salidas de uso habitual o de emergencia, así como las de los medios de protección contra incendios de utilización ma- nual, cuando no sean fácilmente loca- lizables desde algún punto de la zona protegida. Los industriales tienen la responsa- bilidad de contratar expertos en segu- ridad contra incendios que revisen las instalaciones y propongan las medidas adecuadas para proteger el edificio. Es indispensable realizar inspecciones pe- riódicas para observar el buen estado de las placas solares. En este sentido, el sector del seguro está imponiendo unos requisitos de seguridad para poder con- tratar pólizas en el área industrial. Como en otras áreas de la seguridad, desde Tecnifuego abogamos por la pro- fesionalización, el cumplimiento legisla- tivo, la revisión y el mantenimiento de las instalaciones como piezas claves para garantizar unos niveles adecuados de seguridad. / Julio-Agosto 2024 63
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